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El Gobierno actualiza la ley de auditoría y contabilidad y permitirá a las cotizadas elaborar cuentas individuales con criterios internacionales
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El Gobierno ha aprobado este martes dos reales decretos que actualizan y adaptan la ley de Auditoría y la de Contabilidad al marco regulatorio europeo, permitiendo, entre otras medidas, que las sociedades de grupos cotizados apliquen en sus balances anuales individuales un marco de información financiera conforme a los criterios contables internacionales que ya aplican a escala consolidada de grupo.
Así lo trasladó la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde se aprobaron ambos reales decretos a propuesta del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Montero explicó que ambos reales decretos “refuerzan al sector empresarial ofreciendo certidumbre y mejorando la reputación y la confianza de los inversores en nuestro tejido productivo”.
Uno de los reales decretos establece un reglamento de desarrollo de la ley de Auditoría, que data del 2015, “detallando requisitos y formalidades que tienen que cumplir los profesionales que se dedican a este sector”. Al mismo tiempo, indicó, establece un régimen sancionador, “mejorando la transparencia en la función supervisora que se atribuye al Instituto de Contabilidad y Auditorías de Cuentas (ICAC)”.
Según defendió, la actividad de auditoría de cuentas “cumple una importantísima función pública”, lo que hace “necesario” mantener un marco normativo que esté modernizado y que se enmarque en el contexto de la normativa europea para ofrecer confianza a las empresas que son auditadas y a las empresas terceras que actúan en el mercado y que confían en la información que ofrecen los auditores”.
El reglamento busca fortalecer la independencia de los auditores fijando mecanismos para evitar los conflictos de interés o establece los requisitos de documentación que se elaboran con los trabajos de auditoría y las posibles medidas de salvaguarda adoptadas, “mejorando esta transparencia”.
“En concreto, se obliga a emitir un informe anual de transparencia para los auditores de entidades de interés público”, agregó a título ilustrativo, convencida de que la norma “mejorará la labor de la actividad de auditoría” y “va a repercutir sin duda en el incremento de la confianza de inversores en el mercado español”.
DESARROLLO DE LA NORMATIVA
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital detalló que las normas "adaptan la legislación española a la normativa europea y a los mejores estándares internacionales", tras haber sido sometidas a "intensas consultas con los supervisores, profesionales de auditoría, representantes de inversores y empresas, con el fin de garantizar la calidad del texto".
La normativa de Auditoría de Cuentas adaptó en el 2015 parte de la directiva aprobada en la Unión Europea cuando modificó su esquema tras la anterior crisis financiera. Estaba pendiente su desarrollo reglamentario, al que ahora se da cumplimiento con el Real Decreto.
Entre otras medidas también se establece el detalle de las reglas de cómputo para determinar los límites a la dependencia económica de los profesionales y firmas de la auditoría por alcanzarse un determinado nivel de concentración de honorarios. Para mejorar la transparencia también obligará a publicar los resultados de las inspecciones periódicas llevadas a cabo a esos auditores por parte del ICAC.
En cuanto a la reforma del Plan General de Contabilidad aprobado, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital indicó que es “un paso importante en la estrategia de convergencia del Derecho contable español con las Normas Financieras Internacionales y las directivas europeas.
Esta adaptación no resultará de aplicación a las pymes, dado que éstas están sujetas a un régimen simplificado de presentación de informes, ni a las entidades financieras, que cuentan con un marco contable propio elaborado por el Banco de España.
Los grupos cotizados españoles ya aplican directamente las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE). La adaptación normativa ahora aprobada permitirá a las sociedades integrantes de esos grupos cotizados aplicar en sus cuentas anuales individuales un marco de información financiera adaptado a esos principios y criterios contables internacionales y por tanto más coherente con el marco empleado en el grupo consolidado.
(SERVIMEDIA)
12 Ene 2021
ECR/clc