Energía
La CNMC avala los cambios de las energéticas en la imagen de marca de sus comercializadoras
- Aunque les hace recomendaciones para evitar confusión al cliente
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La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) publicó este jueves un informe en el que analiza los cambios que los grupos energéticos verticalmente integrados (Grupo Endesa, Grupo EDP, Grupo CHC, Grupo Iberdrola, Grupo Repsol y Grupo Naturgy) han realizado en la imagen de marca de sus distribuidoras y comercializadoras de gas y electricidad para no crear confusión entre los consumidores.
En 2018, el regulador aprobó una Decisión Jurídicamente Vinculante que obligaba a varias sociedades de esos grupos a cambiar su imagen de marca, logotipos y a adoptar medidas destinadas a garantizar la ausencia de confusión en la información en sus relaciones con los clientes.
El objetivo era facilitar que los consumidores pudiesen identificar claramente si disponían de un contrato en el mercado regulado (PVPC/TUR) o en el mercado libre, tal como exige la normativa europea. Hasta entonces, las denominaciones que empleaban los grupos para sus comercializadoras de uno y otro mercado (libre y regulado) eran muy similares.
La CNMC dio a los grupos un plazo de seis meses para que adoptaran los cambios. A través de varias resoluciones (23 de mayo de 2019) y (29 de octubre de 2019), la CNMC evaluó las propuestas que, inicialmente, presentaron los grupos para cumplir con las exigencias en materia de información y presentación e imagen de marca.
En su informe, la comisión que preside Cani Fernández supervisa las medidas finalmente formalizadas y concluye que "las presentaciones y las imágenes de marca adoptadas por las sociedades interesadas se ajustan a la decisión del año 2018".
RECOMENDACIONES
No obstante, Competencia realiza una serie de recomendaciones que se refieren a la obligación de no crear confusión en la información que remitan o intercambien con el consumidor por cualquier canal de comunicación,
En el caso del Grupo Endesa, la CNMC recomienda que supervise los procedimientos que ha desarrollado en relación con la atención de los agentes comerciales, y en el caso del Grupo EDP, que complete las medidas de supervisión que ha previsto.
Estas recomendaciones se realizan con el fin de poder identificar incumplimientos o deficiencias y su posterior corrección o mejora, para ofrecer una atención e información totalmente diferenciada a los clientes en el mercado regulado respecto a los clientes en el mercado libre.
La CNMC aconseja al Grupo CHC que supervise que los delegados comerciales que colaboran con este grupo emplean direcciones de correo electrónico diferenciadas para las gestiones con clientes en el mercado libre y en el mercado regulado.
Finalmente, en cuanto al Grupo Naturgy, recomienda que adopte medidas para evitar que los clientes puedan acceder al portal de la comercializadora del mercado regulado a través de un enlace disponible en la web de la comercializadora en el mercado libre, ubicado en un entorno asociado a un servicio ajeno al suministro energético en sentido estricto.
(SERVIMEDIA)
03 Dic 2020
JRN/gja