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El Constitucional avala la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana de 2015 salvo las grabaciones “no autorizadas” a la Policía

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) avaló este jueves la constitucionalidad de la Ley de Seguridad Ciudadana salvo en lo relativo al “uso no autorizado de imágenes o datos de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado” prevista en el artículo 36.23 de esa norma.

La sentencia desestima la mayoría de las impugnaciones del recurso de inconstitucionalidad presentado contra el Gobierno del PP por PSOE, IU, Grupo Mixto y UPyD y da respaldo constitucional a las devoluciones de inmigrantes ilegales en caliente.

Los magistrados progresistas Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer han votado en contra de la sentencia, de la que ha sido ponente el presidente del TC, Juan José González Rivas.

El TC analiza la doctrina constitucional y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para declarar inconstitucional y nulo el inciso “no autorizado” del artículo 36.23 de la ley, que prevé como infracción grave el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de las autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por lo que implica de censura previa.

(SERVIMEDIA)
19 Nov 2020
SGR/mjg