Ampliación

Consejo de ministros

El Gobierno amplía los avales del ICO hasta el 30 de junio de 2021 y extiende el periodo de carencia hasta los 24 meses

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto ley con medidas para hacer frente a la crisis del coronavirus entre las que se incluyen varias cuyo objetivo es mejorar la solvencia de empresas y autónomos ante la difícil situación económica, como la ampliación del plazo de concesión de los avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) hasta el 30 de junio de 2021, la extensión del periodo de carencia hasta un máximo de 24 meses y la ampliación de los plazos de los créditos en tres años, así como medidas de carácter concursal.

Así lo anunció la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que resaltó que el “plan de choque” implantado por el Gobierno desde el inicio de la crisis del coronavirus ha servido para minimizar su impacto económico y mantener el empleo y el tejido productivo, pero que “en este momento es preciso dar respuesta a los posibles problemas de solvencia”.

Así, indicó que las medidas relativas al ICO se aplican a los dos programas puestos en marcha por el Gobierno para que el Instituto avale créditos, con el objetivo de que la liquidez llegue a pymes, autónomos y empresas.

Se trata, en concreto, del programa de 100.000 millones de euros, que contaba con un plazo de cinco años que ahora se amplía a ocho, y con un año de carencia que ahora se extiende a un máximo de dos; y un segundo programa por 40.000 millones, abierto actualmente a la contratación, para el que, además de las medidas anteriores, se amplía hasta el 30 de junio el plazo de solicitudes, ya que concluía en diciembre.

Asimismo, la ministra explicó que las entidades financieras no podrán incrementar de forma injustificada el tipo de interés ni exigir la contratación de productos vinculados y que tendrán que aprobar la ampliación de los plazos a solicitud del cliente en un máximo de 30 días. El real decreto contempla, además, una rebaja de hasta el 50% de los aranceles notariales y registrales correspondientes a las operaciones relativas a la extensión de los plazos. De esta forma, resaltó la ministra, las empresas y autónomos tendrán un “importante alivio” en sus cargas financieras.

Por ejemplo, para el crédito medio concedido en el sector de bienes de consumo y comercio al por menor (operación de 77.500 euros con un tipo del 2,5%) y que tuviera un plazo de devolución de tres años y ya hubiera agotado el periodo de carencia, el cliente, al tener 12 meses de carencia y extender tres años el plazo de devolución, pasaría de pagar 2.667 euros de cuota mensual a abonar 161 euros los próximos 12 meses y 1.518 a partir de entonces.

Además, con el objetivo de reforzar las medidas de apoyo a la liquidez y ampliar su alcance, podrán beneficiarse de los avales de la Línea de 40.000 millones de euros para liquidez e inversión aprobada en julio los pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF).

Por otra parte, el real decreto ley establece también otras medidas para apoyar la solvencia de las empresas mediante la ampliación del alcance temporal de algunas medidas aprobadas en materia concursal. En concreto, extiende hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes de concurso necesario presentado por los acreedores.

También se amplía el alcance temporal de las medidas de inadmisión a trámite por el juez de las solicitudes de incumplimiento de convenio que presenten los acreedores y de las solicitudes de incumplimiento de acuerdo de refinanciación.

OTRAS MEDIDAS

Por otra parte, se eleva de 500 a 1.000 millones de euros el umbral de capitalización recogido en la Ley del Mercado de Valores a partir del cual una empresa está obligada a solicitar que la negociación de sus acciones pase de realizarse exclusivamente en un mercado de pymes en expansión a hacerlo en un mercado regulatorio, con lo que el Gobierno pretende incentivar el desarrollo de los mercados de financiación alternativa.

Adicionalmente, se amplía el plazo de vigencia durante el ejercicio 2021 para que las juntas generales o las asambleas de socios puedan celebrarse por medios electrónicos, cuando no esté previsto en sus estatutos.

En relación con el régimen de autorización previa de inversiones extranjeras, se aclaran los sectores estratégicos en los que se requiere autorización para llevar a cabo una inversión. Asimismo, de forma temporal hasta el 30 de junio de 2021, se incluyen en el régimen de autorización previa las inversiones extranjeras directas realizadas por residentes de otros países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio en sociedades cotizadas en España o en sociedades no cotizadas si la inversión es superior a 500 millones de euros.

(SERVIMEDIA)
17 Nov 2020
IPS/mjg