La Comunidad de Madrid prohíbe las reuniones entre no convivientes desde la medianoche a las 6 de la mañana
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El Gobierno de la Comunidad de Madrid prohibirá a partir de mañana, sabado, las reuniones sociales o familiares entre personas que no convivan entre las 00.00 y las 06.00 horas, salvo por motivos de asistencia, cuidado a mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o por cuestiones laborales.
Lo anunció este viernes el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, que dijo que en el resto de las horas del día se mantiene la limitación de un máximo de 6 personas.
Ruiz Escudero matizó que entre la medianoche y las seis de la mañana se paralizan todas las actividades y se prohíben los encuentros entre no convivientes, con lo cual no se está impidiendo la movilidad -siempre que se realice solo o con una persona con la que se convive-, ya que ésta es una competencia estatal que requiere un sostén normativo que escapa a la competencia de la comunidad autónoma, argumento con el que el Gobierno regional intenta dotar de validez jurídica a la decisión.
El consejero, que compareció en rueda de prensa para informar de las medidas que adoptará el Ejecutivo regional tras decaer el estado de alarma que aprobó el Gobierno central hace quince días, estuvo acompañado por el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19 de Madrid, Antonio Zapatero, y la directora de Salud Pública de la región, Elena Andradas.
CIERRE DE LA ACTIVIDAD
La hostelería, restauración, cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes, establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, residencias universitarias, colegios mayores, instalaciones deportivas, parques, jardines, y establecimientos de juegos y apuestas deberán cerrar como máximo a las 00.00 horas y no podrán abrir antes de las 06.00 horas. En el caso de la hostelería y restauración no podrán admitir clientes a partir de las 23.00 horas.
Todos los establecimientos comerciales, minoristas y de prestación de servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06.00 y deberán cerrar a las 22.00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00.00 horas.
AFOROS
Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, la orden establece la reducción de los aforos en toda la región al 50%. Además, se suspende el servicio en barra en la hostelería.
Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center, tal y como estaba hasta ahora), las terrazas al aire libre que permanecen al 75%, los establecimientos comerciales con el 75% y los centros de formación no reglada al 60%.
Se sigue aplicando en toda la Comunidad de Madrid el límite de seis personas máximo en la participación en agrupaciones para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en espacios públicos como privados, salvo que se trate de convivientes.
ACTIVIDAD SOCIAL
El consejero explicó que la comunidad volverá al modelo de zonas básicas de salud para hacer frente al coronavirus y que con este criterio se aprobará una orden para llevar a cabo una “restructuración drástica” de la actividad social, especialmente la nocturna.
Afirmó que el plan de su departamento para hacer frente al Covid-19 está basado en criterios técnicos y teniendo en cuenta los datos epidemiológicos y asistenciales. “Vendrán semanas complicadas”, advirtió Ruiz Escudero, quien consideró necesario “ser precavidos”, a pesar del descenso en más de un 50% de los casos positivos y de la incidencia acumulada en los últimos días, que han pasado de 813 a 409 casos, y de la reducción de los contagios en el 95% de las zonas básicas de salud.
Por otro lado, la Consejería de Sanidad, además de paralizar la actividad a partir de mañana de 00.00 a 06.00 horas, establece 32 zonas básicas de salud con límites de movilidad. La Dirección General de Salud Pública establece restricciones de movilidad en zonas de 12 municipios de la región (Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja), que entrarán en vigor desde el próximo lunes, 26 de octubre.
ZONAS BÁSICAS DE SALUD
En estas 32 zonas básicas residen 671.259 madrileños, un 10% de la población de la región. En ellas se concentra el 15,5% del total de los casos de los últimos 14 días, un total de 4.223 casos. La Dirección General de Salud Pública ha establecido la tasa de incidencia en 500 casos por 100.000 habitantes para determinar esas zonas, rebajándola desde los 750 que había anteriormente.
En Madrid capital las zonas son Núñez Morgado (distrito de Charmartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).
En el resto de municipios de la región son Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama); Majadahonda (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón); San Blas y Pintores (Parla); Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo); zona básica de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña); Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz).
En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.
En estas 32 zonas básicas de salud se desaconsejan los desplazamientos y actividades no imprescindibles. A la vez, se establece la restricción de entrada y salida en el perímetro del municipio o zona afectada salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
Por otro lado, los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros de las zonas afectadas, para lo que se pondrá en marcha un dispositivo de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece en un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.
En estas zonas, los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región y se suspende temporal de la actividad de los parques infantiles de uso público.
En las áreas sanitarias seleccionadas, se extremará la vigilancia y control de la indicación de aislamiento para casos positivos de infección activa y la cuarentena en contactos estrechos señaladas desde los dispositivos asistenciales o de salud pública, cuando no se requiera hospitalización, de acuerdo a lo establecido en la orden 668, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad.
(SERVIMEDIA)
23 Oct 2020
SMO/gja