Telefonía

La AUC pide a los operadores que no omitan información sobre las aplicaciones disponibles en los móviles que venden

MADRID
SERVIMEDIA

La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) pidió este lunes a los operadores telefónicos que adviertan sobre la imposibilidad de contar con determinadas aplicaciones en los móviles que ofrecen a sus clientes o que al menos proporcionen un acceso sencillo a la información sobre prestaciones e incompatibilidades.

Esta petición se desprende de reclamaciones recibidas por la AUC en las que varios usuarios denuncian la pérdida de aplicaciones de Google en diferentes modelos de smartphones de Huawei como consecuencia de los conflictos de la compañía china con el Gobierno de EEUU.

Esto está suponiendo “verdaderos quebraderos de cabeza a los usuarios que acceden a estos dispositivos a través de sus contratos telefónicos”, aseguran desde la AUC, porque algunos no informan a los clientes sobre esta carencia.

En este sentido, está ocurriendo que, sin haber recibido ninguna advertencia al respecto de la empresa de telefonía, los usuarios no pueden acceder a servicios muy demandados que ni aparecen por defecto en el nuevo terminal ni pueden descargarse.

Entre los servicios que están viendo limitado su acceso están los de navegación y búsqueda, localización, adquisición de aplicaciones en tienda virtual o videos en streaming, e incluso, a veces, tampoco pueden registrarse en determinadas redes sociales u opciones de mensajería electrónica, aunque no pertenezcan a Google.

Como informan desde la AUC, esta práctica podría tener implicaciones legales, ya que la Ley de Competencia desleal considera en su artículo 7 la “omisión engañosa” como la ocultación de la información necesaria para que el destinatario adopte o pueda adoptar una decisión con el debido conocimiento de causa, considerándose también desleal el que la información que se ofrece sea poco clara, ininteligible o ambigua. Estos actos en engaño por acción u omisión, tienen además (artículos 1 y 18) la consideración de publicidad ilícita a la luz de la Ley General de Publicidad.

(SERVIMEDIA)
14 Sep 2020
IAR/gja