Pandemia

La Rioja refuerza las medidas para contener la expansión del coronavirus

- Limita a diez personas las reuniones sociales entre no convivientes, prohíbe el botellón y cierra los clubes de alterne

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno de La Rioja aprobó este martes una batería de medidas y recomendaciones de prevención e higiene sanitarias para contener la pandemia de Covid-19, tras el aumento de la incidencia detectado en las últimas dos semanas en la región.

Las principales novedades hacen referencia al número máximo de personas que pueden estar reunidas en espacios públicos y privados, que pasan a un límite de diez cuando no sean convivientes. Igualmente, se recomienda reducir los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable a un máximo de 6 personas.

Los velatorios y entierros podrán celebrarse con un máximo de 15 asistentes en espacios cerrados y 25 en espacios al aire libre. Las celebraciones posteriores a ceremonias religiosas o civiles podrán contar con un máximo de 30 personas en espacios cerrados y 50 al aire libre.

También se establece un límite máximo de cien participantes en los eventos deportivos, congresos y eventos de naturaleza pública o privada, así como un aforo máximo del 75% en cines o teatros.

No hay límites de aforo para los establecimientos comerciales, siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia interpersonal y se utilice la mascarilla.

En hostelería y en cualquier establecimiento que ofrezca servicios de restauración, el aforo será de un máximo de 50 personas al aire libre y 30 personas en el interior.

Por su parte, en los albergues turísticos el aforo máximo será del 40% y no se permitirá la pernoctación en una misma estancia de personas que pertenezcan a distintas unidades de convivencia.

Para evitar su celebración de manera no oficial por parte de la población, se prohíbe también el consumo colectivo de bebidas alcohólicas en cualquier tipo de espacio público (calles, parques, plazas…), actividad comúnmente denominada ‘botellón’. También queda prohibida la actividad y uso de los locales particulares denominados chamizos, cuartos o bajeras.

Además, los clubes de alterne o prostíbulos deberán permanecer cerrados, con independencia de la licencia de actividad bajo la que operen.

(SERVIMEDIA)
01 Sep 2020
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