Energía

El Congreso debate el miércoles el decreto de medidas para evitar la especulación con las renovables y fijar un nuevo sistema de subastas

- Declara de utilidad pública los puntos de recarga de alta capacidad y establece medidas para reducir el déficit eléctrico

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Congreso de los Diputados debatirá este miércoles la convalidación del real decreto ley por el que se establece una batería de medidas para favorecer la implantación de fuentes renovables en el país en los próximos años que incluyen exigencias de plazos para evitar movimientos especulativos con las autorizaciones y un nuevo sistema de subastas.

En cuanto a la regulación de los permisos de acceso y conexión a la red eléctrica, dos autorizaciones que los promotores necesitan para poner en marcha sus plantas de renovables, el decreto trata de asegurar que estos derechos estén asociados a proyectos reales y firmes, y evitar los movimientos de carácter especulativo que puedan darse ante la insuficiencia de la regulación vigente.

En la actualidad, según advierte el Gobierno, existe un elevado número de solicitudes, que suman más de 430.000 megavatios (MW), y hay indicios del eventual componente especulativo de buena parte de ellas, dada la escasa madurez de los proyectos o el volumen de casos de titulares de permiso de acceso que no han solicitado el igualmente necesario permiso de conexión: en torno a un 60%.

Esta situación obstaculiza y encarece la puesta en marcha de los proyectos solventes que, en la próxima década, instalarán en torno a 60.000 megavatios (MW) de potencia renovable en España, de acuerdo con la planificación del Plan Integrado Nacional de Energía y Clima (Pniec) 2021-2030.

A tal fin, el real decreto-ley establece una serie de hitos administrativos sucesivos, con plazos temporales en función del momento en el que fue otorgado el primer permiso. Si no se cumplen los hitos, los permisos caducarán de forma automática y, en su caso, se procederá a ejecutar los avales económicos que se exigen al solicitar la autorización. El último de los plazos concluye a los cinco años de iniciarse el cómputo para el primer hito.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la norma, tanto los titulares como los solicitantes de estas autorizaciones podrán renunciar a ellas, procediéndose a la devolución de las garantías. Además, se establece una moratoria de nuevas solicitudes de acceso: no se podrán pedir hasta que se apruebe una nueva regulación sobre estos permisos, que deberá exigir a los solicitantes mayor maduración de los proyectos y estudios previos.

De esta manera, se evitan nuevas solicitudes potencialmente especulativas sobre la capacidad que se libere mientras se desarrolla la normativa, que deberán aprobar el Gobierno y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), en sus respectivas competencias, en el plazo de tres meses desde la publicación del real decreto ley.

NUEVAS SUBASTAS EN 2020

Por su parte, el nuevo sistema de subastas establece que la variable sobre la que se pujará será el precio de la energía. Por ello, los procedimientos deberán estar orientados a la eficiencia de los costes y podrán distinguir entre distintas tecnologías de generación en función de sus características técnicas, tamaño, niveles de gestionabilidad, criterios de localización y madurez tecnológica, entre otros.

Para poder llevar a cabo dichas subastas, el Gobierno debe aprobar un real decreto que las desarrolle. La intención del Ministerio es sacar a consulta pública dicho decreto de forma inmediata con la intención de que pueda estar aprobado a finales del verano, lo que permitiría realizar la primera subasta antes de que concluya 2020.

Por otro lado, el real decreto ley incorpora al ordenamiento jurídico español nuevos modelos de negocio que serán claves en la transición energética y que ofrecen, desde este momento, oportunidades de impulso económico, empleo y mejora de la competitividad. Es el caso de la figura del almacenamiento, que queda regulada mediante esta norma, lo que permitirá gestionar y optimizar la energía generada en las nuevas plantas renovables; y de la hibridación, que posibilita combinar diversas tecnologías en una misma instalación.

Adicionalmente, y en cumplimiento de la normativa comunitaria, se incorpora la figura del agregador independiente, que introducirá mayor dinamismo en el mercado eléctrico. Este nuevo modelo de negocio se basa en combinar la demanda de varios consumidores de electricidad o la de varios generadores para su participación en distintos segmentos del mercado.

De igual modo, y para favorecer la participación de la ciudadanía en la transición ecológica, quedan reguladas las comunidades de energía renovables, que permiten de los ciudadanos y las autoridades locales ser socios de proyectos de energías renovables en sus localidades.

Paralelamente, con el objeto de facilitar la expansión del vehículo eléctrico, el real decreto ley otorga la declaración de utilidad pública a las infraestructuras eléctricas asociadas a los puntos de recarga de alta capacidad (con potencia superior a 250 kilovoltios), fundamentales para permitir que se abran estaciones de recarga ultra-rápida en carreteras, autovías y autopistas.

Por último, el real decreto flexibiliza los porcentajes de Producto Interior Bruto (PIB) por los que se rigen la inversión máxima que se dedica a redes de transporte y distribución eléctrica en el trienio 2020-2022, lo que permitirá mantener el ritmo inversor previsto originalmente, antes de la crisis del Covid-19, y acometer las actuaciones necesarias para la integración de la nueva generación renovable.

Asimismo, la norma extiende la vigencia del Fondo Nacional de Eficiencia Energética hasta 2030 y mejora el procedimiento de cálculo de las obligaciones.

También para paliar los efectos de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus y asegurar la liquidez del sistema eléctrico en el corto plazo, el real decreto habilita el uso del superávit de ingresos para cubrir los eventuales desajustes y desviaciones entre ingresos y costes del sistema de 2019 y 2020. Se concretará mediante orden ministerial.

Esto permite que el conjunto de los “sujetos de liquidación”, esto es, los operadores de las redes de transporte y distribución, incluidas las más de 300 pequeñas distribuidoras que operan en el país, así como las más de 60.000 instalaciones de renovables, cogeneración y residuos, puedan percibir una parte significativa de la retribución correspondiente al ejercicio 2019.

(SERVIMEDIA)
12 Jul 2020
JBM/mjg