El juez pide a la asesora de Podemos que designe abogado de su confianza y deje de compartir defensa con Iglesias
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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha dictado un auto en el que requiere a la exasesora de Podemos Dina Bousselham para que designe un abogado de su confianza ante el conflicto de intereses por compartir letrado con Pablo Iglesias.
El magistrado explica en su auto que su obligación es garantizar la efectividad de los derechos de quienes acuden al proceso y, en este caso concreto, garantizar la pretensión de Bousselham en su legítimo derecho a ejercer la acción penal y esclarecer el delito.
El titular del Juzgado Central de Instrucción 6 señala que en el caso de no nombrar nuevo abogado, una vez sea firme el auto, se procederá a la designación de uno de oficio para que la represente.
Este es un paso más en dirección de proporcional protección a la exasesora de Podemos. El magistrado considera necesario dispensar a Bousselham una tutela judicial efectiva que la "proteja" frente a "intereses ajenos" y que garantice que no queda en situación de “indefensión”.
La resolución recuerda que Dina Bousselham fue instruida de sus derechos como víctima de un presunto delito de revelación de secretos en la comparecencia que protagonizó en la Audiencia Nacional el 27 de marzo de 2019, ocho días después de la apertura de la llamada pieza `Dina´.
El pasado 17 de junio, García Castellón rechazó el recurso de reforma presentado por el vicepresidente segundo del Gobierno y líder de Unidas Podemos, Pablo Iglesias, contra la decisión del magistrado de retirarle la condición de perjudicado en la pieza `Dina´ del 'caso Tándem', en la que se investiga el robo del teléfono móvil de la exasesora.
En su recurso, al que se opuso la Fiscalía, Pablo iglesias sostenía su condición de víctima de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, trazando una conexión entre el encargo de la sustracción del móvil a Dina Bousselham con fines políticos, la publicación en 'OK Diario' de imágenes procedentes del terminal sustraído y el excomisario de policía investigado José Manuel Villarejo, a quien sitúa como ejecutor del plan para perjudicarle ante la opinión pública.
En su primera comparecencia en el Juzgado, Bousselham designó como letrada a Marta Flor Núñez, que también representa al vicepresidente, y empezó a solicitar diligencias de investigación al amparo del Estatuto Jurídico de la Víctima del Delito, en virtud del cual las víctimas pueden tener una participación activa en el proceso penal.
Pero esa condición procesal de víctima "se evidencia en este momento incompatible con la sostenida por la misma letrada" al interponer, en nombre de Pablo Iglesias, un recurso contra la decisión de García-Castellón de retirarle a él esa misma condición, que también le otorgó en marzo de 2019.
El juez explicaba en el auto en que le retiró la condición de víctima, que al inicio de la investigación Pablo Iglesias tuvo la condición de perjudicado, pero a medida que ha ido evolucionando la instrucción de esta causa y con la aportación de datos nuevos se ha revelado un escenario diferente que conduce a revocar dicha condición de perjudicado.
TARJETA SIM
García Castellón argumentaba, en primer lugar, que Pablo Iglesias tuvo en su poder la tarjeta del teléfono de Dina Bousselham antes de que se crearan los archivos hallados en poder de José Manuel Villarejo. En este sentido, la investigación, dice el juez, ha acreditado que recibió la tarjeta el 20 de enero de 2016 y que no se han encontrado en poder de Villarejo dispositivos con esa información anteriores al 14 de abril de ese año.
Como segundo argumento, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 indicaba que Pablo Iglesias ocultó a Bousselham la posesión de la tarjeta de memoria hasta meses después. “Se infiere de lo actuado que el señor Iglesias, pese a ser conocedor del contenido de la tarjeta y de la sustracción de la misma, no devolvió a Dina la tarjeta hasta tiempo después, con consecuencias para el esclarecimiento de los hechos investigados”, señala el magistrado.
Este comportamiento, continúa el instructor, se manifiesta incompatible con la dimensión que el recurrente pretende dar a la sustracción de la tarjeta “y lo desvincula completamente del argumentario sostenido, respecto a la presunta injerencia política”.
El juez considera importante remarcar que el recurrente recibió la tarjeta de manos de Antonio Asensio y no le dijo nada a Dina pese a saber que contenía información personal e íntima de su titular y que, además, la tarjeta había sido obtenido de forma ilícita.
Para el juez García Castellón, esta pasividad resulta incoherente con las manifestaciones realizadas en sede judicial por Iglesias, y “confirman (de nuevo) que no puede ser tenido por perjudicado en ningún caso”. El magistrado apunta que la omisión de Pablo Iglesias tuvo influencia en la investigación de los hechos que Dina Bousselham pretendía esclarecer.
Por último, la resolución explica que Pablo Iglesias devolvió a Dina Bousselham la tarjeta del móvil dañada, que incluía imágenes de capturas de intervenciones del líder de Podemos en grupos de mensajería.
El magistrado dice que se desconoce el motivo por el que Bousselham hizo estas fotografías, pero resulta acreditado que cuando Iglesias accedió al contenido de la tarjeta, el 20 de enero, pudo ver que estas imágenes estaban allí como él mismo reconoció, admitiendo que examinó el dispositivo en un ordenador de la sede del grupo editorial de Asensio.
Además, el juez explica que la propia Dina declaró en sede judicial que Pablo Iglesias sabía lo que había dentro de la tarjeta porque él mismo se lo dijo.
“Es probable”, concluye el juez, “que este último apunte pueda ser la clave para entender no solo porque Pablo Iglesias Turrión no devolvió la tarjeta a la señora Bousselham, sino lo más relevante; el estado en que se la devolvió”.
(SERVIMEDIA)
19 Jun 2020
SGR/gja