Avance

'Procés'

Junqueras y Romeva presentan incidente de recusación contra todos los magistrados del TC

MADRID
SERVIMEDIA

Andreu Van den Eynde, abogado del exvicepresidente de la Generalitat de Cataluña Oriol Junqueras y del exconseller de Exteriores Raül Romeva, ha presentado un escrito en el que solicita la recusación de todos los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) por entender que no cumplen con el requisito de imparcialidad que es exigible.

El letrado ha presentado este escrito por vías telemáticas atendiendo a las normas de seguridad implantadas por la Administración de Justicia para afrontar la crisis sanitaria del Covid-19.

La legislación impide la recusación al completo del Tribunal Constitucional, pero Van den Eynde considera que se puede solicitar para cada uno de sus miembros de manera individualizada y, por tanto, dirige su petición contra el presidente del TC, Juan José González Rivas; la vicepresidenta, Encarnación Roca Trías; y los vocales Andrés Ollero Tassara, Fernando Valdés Dal-Ré, Pedro José González-Trevijano Sánchez, Antonio Narváez Rodríguez, Juan Antonio Xiol Ríos, Santiago Martínez-Vares García, Alfredo Montoya Melgar, Ricardo Enríquez Sancho, Cándido Con-Pumpido Tourón y María Luisa Balaguer Callejón.

Los líderes independentistas consideran que concurren en este caso los supuestos para la recusación contemplados en los apartados 7º, 10º, 11º, 13º y 16º del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

En esos preceptos se establecen como causas de abstención o de recusación ser o haber sido denunciante o acusador de cualquiera de las partes, tener interés directo o indirecto en el pleito o causa, haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia y haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo.

Finalmente, el apartado 16º del citado artículo 219 de la LOPJ establece como posible motivo de recusación el haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad.

(SERVIMEDIA)
24 Mar 2020
SGR/mjg