Estado de alarma

El Defensor del Pueblo propone expedir “salvoconductos” para eludir el confinamiento

- Asegura haber recibido quejas de ciudadanos en desacuerdo con las medidas excepcionales

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo instó este viernes al Gobierno de España a elaborar un “protocolo público de actuación” que “dé seguridad jurídica” a los ciudadanos ante las medidas contempladas en el estado de alarma, y propuso contar con “un procedimiento eficaz” como “un justificante o salvoconducto” para quienes deban eludir el confinamiento.

Según una declaración institucional publicada hoy, el Defensor del Pueblo está recibiendo quejas y testimonios de ciudadanos que expresan su “desacuerdo” con algunas medidas adoptadas con el estado de alarma por la crisis del nuevo coronavirus (Covid-19) o con “comportamientos puntuales de las autoridades”.

En este sentido, el organismo aseguró que “todos y cada uno de nosotros, como ciudadanos, estamos llamados a ejercer la máxima responsabilidad en estas circunstancias”, al tiempo que recordó que “la prioridad absoluta es detener la propagación de la enfermedad y salvar el mayor número de vidas posible”.

Por tanto, trasladó su apoyo al Ejecutivo en las medidas y pidió a los ciudadanos que sean conscientes de que “sus derechos más fundamentales continúan igualmente garantizados” porque “la democracia no se suspende, por muy difícil que sea el reto”.

No obstante, el Defensor del Pueblo sí hizo una serie de apreciaciones sobre la aplicación de las medidas. En concreto, pidió un “protocolo público de actuación, ampliamente difundido, que dé seguridad jurídica a todos, incluidos los agentes de la autoridad que han de vigilar el cumplimiento de las mismas”

Y es que, aunque “se han clarificado ya algunas de las excepciones que permiten salir del domicilio (…), sería conveniente contar con un procedimiento eficaz de justificante o salvoconducto”.

A juicio de la institución, “la inquietud que genera esta situación, la amplitud y variedad de los problemas que de ella se derivan y la ausencia de precedentes de referencia hacen difícil, por el momento, dar una respuesta única a las diversas situaciones particulares que se están planteando”.

Asimismo, señala que la prioridad son los sanitarios y los enfermos, por lo que “el suministro de material de protección es imprescindible para los trabajadores sanitarios y demás personal asistencial, cuya propia salud ha de protegerse en primera línea”.

La Declaración Institucional del Defensor del Pueblo concluye apelando al artículo 10 de la Constitución Española, pues “la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son el fundamento del orden político y de la paz social”. Y, finaliza, “juntos vamos a ganar esta batalla”.

(SERVIMEDIA)
20 Mar 2020
GIC/pai