Estado de alarma

Defensa podrá movilizar a militares en la reserva durante la crisis del coronavirus

Madrid
SERVIMEDIA

El Ministerio de Defensa podrá movilizar a todos los militares, independientemente de que estén o no en la reserva, para colaborar durante la crisis del coronavirus en el marco del estado de alarma.

Así consta en una resolución del Boletín Oficial del Estado (BOE) que recoge las medidas adicionales implantadas por el Gobierno para hacer frente a la crisis provocada por la pandemia del coronavirus.

En esta resolución se detalla que se pone a disposición de la autoridad competente, así como de las autoridades competentes delegadas, las capacidades militares de la Unidad Militar de Emergencia (UME) en materia de policía militar, transporte logístico terrestre, aerotransporte general y capacidades de aerotransporte medicalizado, control de tráfico aéreo, de la navegación marítima, puertos y aeropuertos, alojamientos logísticos y establecimiento de campamentos militares y el ámbito de la Inspección General de Sanidad de la Defensa.

En esa resolución se destaca que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, los militares estarán en “disponibilidad permanente para el servicio derivado del actual estado de alarma”, una disponibilidad que se adaptará a la actual situación de crisis sanitaria.

De este modo, se faculta a los jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y de la Armada a movilizar a “personal en activo y en reserva con destino en el cumplimiento de las misiones asignadas”, debido al estado de alarma.

Al mismo tiempo, el subsecretario de Defensa “podrá destinar a todo el personal militar sanitario en activo y en reserva, con independencia de la causa por la que hayan pasado a esta situación administrativa, al cumplimiento de cuantas medidas determine la ministra de Defensa, tanto dentro de la red sanitaria militar como en el resto del Sistema Nacional de Salud”.

A su vez, el personal de la red sanitaria militar estará en disposición de incorporarse a su destino “tan pronto sea requerido por la autoridad competente del Ministerio de Defensa”, mientras que, dado que este personal se considera “crítico”, se reducirán “al mínimo imprescindible” los permisos, debiendo ser autorizada, por el subsecretario de Defensa o el inspector general de Sanidad de la Defensa, cualquier excepción.

La resolución también establece que “se respetarán en todo caso las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias civiles y militares para la prevención de la transmisión del Covid-19”.

Para ello, el personal aludido por esta instrucción utilizará “los equipos de trabajo adecuados para garantizar su seguridad sanitaria atendiendo a estos efectos a lo que se disponga por el Ministerio de Sanidad”.

No obstante, se tomarán las medidas oportunas para proteger al “personal crítico” que se encuentre “directamente implicado en la ejecución de las medidas derivadas del estado de alarma, así como de las operaciones que garanticen la defensa y seguridad nacional”.

Por último, el jefe de Estado Mayor de la Defensa (Jemad), general Miguel Ángel Villarroya, bajo la autoridad de la ministra de Defensa, Margarita Robles, ejercerá el “mando único” de las medidas que determine el Ministerio y también tendrá bajo su responsabilidad un centro de coordinación, con el resto de autoridades competentes delegadas a través de los medios que se establezcan entre ellas. Estas disposiciones estarán en vigor durante todo el tiempo que dure el estado de alarma.

(SERVIMEDIA)
16 Mar 2020
MST/gja