Cataluña
El juez Llarena pide al Parlamento Europeo que suspenda la inmunidad de Puigdemont

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El magistrado que instruyó en el Tribunal Supremo la causa del 'procés', Pablo Llarena, ha acordado mantener las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Antoni Comín, así como solicitar al Parlamento Europeo que suspenda la inmunidad de ambos para continuar con la investigación que les afecta.
Llarena, en dos autos conocidos este viernes, comunica a la autoridad de ejecución de dichas euroórdenes en Bélgica que debe dejar sin efecto los plazos para resolver las entregas de Puigdemont y Comín hasta que la Eurocámara decida sobre los suplicatorios.
Las decisiones de este magistrado se producen tras el periodo de alegaciones que se dio a las partes para que se pronunciasen sobre la incidencia respecto a Puigdemont y Comín de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), del pasado 19 de diciembre, referida a la condición de eurodiputado de Oriol Junqueras y al alcance de sus inmunidades.
En primer término, el juez estima los recursos de Puigdemont y Comín contra sus resoluciones de los pasados meses de octubre y noviembre, que no les reconocían como eurodiputados basándose en acuerdos al respecto de la Junta Electoral Central.
Ahora, de conformidad con la interpretación dada por el TJUE en su sentencia de 19 de diciembre de 2019, reconoce a los recurrentes las inmunidades y privilegios recogidos en el artículo 9, del Protocolo 7 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), en su condición de miembros del Parlamento Europeo.
Sin embargo, desestima los recursos de ambos en lo que atañe a su pretensión de que se revocasen las correspondientes órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión, así como las órdenes internacionales y europeas para su detención y entrega, que se mantienen vigentes.
NO SE PUEDE FRENAR LA CAUSA
Respecto del contenido material de la inmunidad, el juez Llarena recuerda que la sentencia del TJUE expone que los miembros de la Eurocámara disfrutan durante su mandato de los privilegios establecidos en párrafo primero del artículo 9 del Protocolo 7 del TFUE.
A este respecto, Llarena señala que tanto la Constitución Española como los reglamentos del Congreso y del Senado establecen que los diputados y senadores no podrán ser 'inculpados ni procesados' sin la previa autorización de la Cámara respectiva, lo que se conoce como suplicatorio.
Sin embargo, Llarena argumenta que la inmunidad “protege frente a la apertura de procesos concebidos para alterar y perturbar el normal funcionamiento de la cámara legislativa, no para impedir el desenlace de una causa penal en la que el diputado o senador electo ha sido ya procesado, soportando el ejercicio de la acción penal desde un momento previo a la constitución de las cámaras y a su propia incorporación como miembro de cualquiera de ellas".
Por último, el instructor del sumario del 'procés' inadmite de plano la recusación formulada contra él por Puigdemont y Comín, al considerarla extemporánea y haber sido desestimada con anterioridad.
(SERVIMEDIA)
10 Ene 2020
NBC/mjg