Cataluña

Los presos del `procés´ confian en lograr el segundo grado penitenciario en 2020

MADRID
SERVIMEDIA

Esta semana se cumplen dos meses desde que el Tribunal Supremo dictó la sentencia del `procés´ y se agota el plazo máximo para que las prisiones catalanas decidan si clasifican a los presos en segundo o tercer grado. Los nueve condenados por sedición a penas de entre 9 y 13 años de cárcel confían en que las juntas de tratamiento de las cárceles les conceda el segundo grado, que les permitiría a salir entre semana a trabajar o hacer labores de voluntariado, pero descartan que esa salida se produzca antes de las fiestas de Navidad.

Las defensas de Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Rull han presentado un escrito en el que se alegan que no debe haber ningún obstáculo para la progresión de régimen penitenciario, ya que ninguno de ellos ha sido condenado por delito de rebelión y, por tanto, no hubo violencia en sus actos durante el otoño de 2017.

La Junta de Tratamiento de cada una de las tres prisiones en las que están internos los condenados por el `procés´ (Lledoners, Mas d’Enric y Puig de les Basses) está formada por funcionarios y técnicos especializados. Después, su decisión, debe ser ratificada por la Secretaría de Medidas Penales de la Generalitat, que tiene las competencias en prisiones y está dirigida por Amand Calderó, hombre de confianza del que fuera conseller de Justicia Carles Mundó.

Este proceso podría durar varias semanas, con un límite de dos meses, e impediría la salida de los líderes independentistas antes de que acabe el año.

En caso de que se les calificara en segundo grado, todos ellos prevén reclamar la aplicación del artículo 100.2 del régimen penitenciario, que les permitiría salir durante el día para trabajar, hacer tareas de voluntariado o cuidar familiares. No obstante, no hay precedentes de que se aplique el citado artículo al mismo tiempo que se califica al penado en segundo grado.

La Fiscalía podría oponerse a la concesión del segundo grado penitenciario o a la aplicación del artículo 100.2, tras la aprobación por la Generalitat. En ese caso, la Audiencia de Barcelona sería la encargada de decidir. Si se les concediera el tercer grado, que les permitiría ir sólo a dormir a la cárcel y tener los fines de semana libres, ese recurso sería revisado por el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo rechazó en su momento la petición de la Fiscalía para que los condenados del `procés´ no pudieran gozar del tercer grado hasta haber cumplido la mitad de la pena, cuando el régimen ordinario establece que se pueda solicitar una vez cumplida la cuarta parte de la condena.

(SERVIMEDIA)
10 Dic 2019
SGR/pai