El Gobierno elabora una guía sobre el registro obligatorio de proveedores de servicios a empresas

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Economía y Empresa ha elaborado una guía sobre la obligación que tienen los proveedores de servicios de empresas de inscribirse en el Registro Mercantil antes del 31 de diciembre, y que, posteriormente, deberán declarar los servicios prestados y su facturación durante el primer trimestre de cada año, ya que, de lo contrario, podrían ser sancionadas con hasta 60.000 euros por incumplir esta obligación.

Según explicaron fuentes del departamento que encabeza la ministra en funciones Nadia Calviño, la guía va dirigida especialmente a aquellas personas físicas profesionales que prestan servicios profesionales, y cuyo objetivo es ayudar en la elaboración de los formularios legales para la inscripción.

Este requisito legal fue establecido mediante la aprobación de un real decreto que traspuso una directiva europea y que modificó la ley de prevención de blanqueo de capitales.

Así, la guía publicada ahora por el Ministerio tiene como objetivo resolver dudas sobre quiénes deben registrarse así como sobre cómo hacerlo.

En concreto, deberán inscribirse aquellas personas físicas o jurídicas que prestan servicios a terceros y fideicomisos, como la constitución de sociedades, servicios de accionista nominal, fiduciarios, o funciones de dirección y secretaría, entre otros.

(SERVIMEDIA)
05 Dic 2019
IPS/pai