El abogado del TJUE da la razón a `Valtònyc´ y concluye que la euroorden en su contra no se emitió correctamente
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El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha dado la razón al rapero Josep Miquel Arenas `Valtònyc´ y ha concluido que la orden de detención y entrega que emitieron las autoridades españolas en su contra no se emitió correctamente, al no tener en cuenta los preceptos del Código Penal vigente en el momento de cometerse los hechos por los que el músico fue condenado.
`Valtònyc´ huyó de la justicia española y un tribunal de primera instancia de Gante (Bélgica) le dio la razón y rechazó la euroorden de entrega a España emitida por la Audiencia Nacional. El rapero llevó el caso hasta el TJUE, que deberá pronunciarse, tras la toma de postura del abogado general, Michal Bobek. El tribunal suele seguir su criterio en nueve de cada diez casos.
El músico mallorquín compuso y cantó varias canciones por las que fue condenado en 2017 a una pena de dos años de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas. Las canciones databan de los años 2012 y 2013 y la pena máxima prevista por aquel entonces en el Código Penal español era de un año. En 2015 fue modificado y pasó a ser castigado con una pena máxima de tres años.
`Valtònyc´ recurrió la sentencia al Supremo y lo perdió. Entonces decidió huir a Bélgica para eludir la prisión. Fue después de su huida cuando la Audiencia Nacional emitió una orden de detención europea por delitos de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, que están incluidos en la categoría de terrorismo, uno de los delitos por los que la entrega es automática y se debe autorizar sin contrastar si el delito existe también en el Código Penal del país de huida.
Ese automatismo funciona si el delito que se persigue está penado en el país donde se produjo el delito con una pena máxima de al menos tres años, un requisito que en este caso se cumpliría si se aplica el Código reformado en 2015, pero no de acuerdo con el vigente en el momento de producirse los hechos.
(SERVIMEDIA)
26 Nov 2019
SGR/gja