Facua explica que los mensajes del PP y Más País pidiendo el voto no vulneran la ley porque no son comunicaciones comerciales

Madrid
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción aclaró este viernes que ni los SMS del candidato del PP a la Presidencia del Gobierno, Pablo Casado, ni las llamadas telefónicas con una locución de Íñigo Errejón, candidato de Más País, vulneran la ley -al no aclarar a los destinatarios cómo darse de baja de sus ficheros para no volver a recibirlas- porque la ley no las considera comunicaciones comerciales.

A través de un comunicado, la organización de consumidores reconoció que está recibiendo “numerosas consultas” de usuarios que han recibido llamadas telefónicas, SMS y sobres en los buzones de sus domicilios con propaganda electoral pese a haber solicitado al Instituto Nacional de Estadística (INE) que no fuera utilizada su información censal para esos fines.

Facua señaló que “lamentablemente” la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales considera que no son "comunicaciones comerciales", eximiendo a los partidos de esa obligación de aclarar a los destinatarios el proceso para darse de baja de sus ficheros.

A su juicio, tampoco es ilegal que algún partido haya introducido propaganda en el buzón de los domicilios de los ciudadanos que pidieron al INE que ninguna formación usara sus datos censales a través de un buzoneo indiscriminado y sin indicar los nombres de los destinatarios.

En este punto, instó a modificar la normativa para los partidos “en el sentido contrario al que se ha modificado la ley de protección de datos” y para evitar “resquicios” como este.

Tras precisar que los ciudadanos “no tenemos por qué aceptar que nos obliguen a recibir propaganda”, Facua insistió en que si un partido político llama por teléfono o envía SMS a los usuarios esta práctica “sólo es legal si ha obtenido sus teléfonos de forma aleatoria o a través de un fichero de usuarios que dieran su consentimiento al tratamiento de sus datos personales con fines de comunicaciones electorales”.

Finalmente, recordó que el artículo 6 de la Ley orgánica de protección de datos sí que “deja clara la ilegalidad” de los documentos en los que los usuarios aceptan, “de forma genérica, que usen sus datos "para el envío de comunicaciones de terceros". “Deben aclarar si serán de bancos, aseguradoras o partidos políticos”, sostuvo.

(SERVIMEDIA)
08 Nov 2019
MJR/mjg