Denuncia de Ciudadanos
La JEC obliga a Podemos a retirar anuncios de Facebook que pedían indirectamente el voto
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La Junta Electoral Central acordó este jueves ordenar a Podemos la retirada de unos anuncios que había publicado en la red social Facebook y contra los que presentó denuncia Ciudadanos por entender que, aunque indirectamente, pedían el voto fuera de la campaña electoral.
La JEC, en resolución que se ha publicado hoy y ha recogido Servimedia, estimó ayer la denuncia de Cs y estableció que "se ordena la retirada de tales inserciones publicitarias publicadas en la página que el partido político de referencia mantiene en Facebook". Al entender que "la mayoría de dichos anuncios expresan una petición directa del voto".
En concreto, aquellos en los que se afirma: “Siempre ha habido que empujar para hacer realidad los avances que mejoran la vida de la gente. El 10N, vuelve a decir que se puede” o "El PSOE va a buscar un pacto con el PP, como ha pedido Rajoy y González. Solo si Unidas Podemos está fuerte, podremos impedir ese pacto y tener un Gobierno que recorte por arriba y no por abajo".
Frente al recurso que presentó Podemos a la denuncia de Ciudadanos, la JEC considera que "el hecho de que no se pida expresamente el voto del elector no es motivo para no considerar como propaganda electoral cualquier actividad que directa o indirectamente pretenda la captación de sufragios", como establece el artículo 50.4 de la Loreg.
"En el presente caso se incluyen vídeos con mensajes que reflejan la intención de persuadir al elector en orden a apoyar a esa formación política, y se utiliza un lema que es propio de la formación
política denunciada", argumenta la JEC. Además, puntualiza que esta actividad resultaría "legítima si se hiciera dentro del perfil o de la página del partido pero al tratarse de una contratación comercial incurre en la prohibición en el artículo 53 de la Loreg".
"Asimismo, procede recordar expresamente a dicha formación política la prohibición de realizar cualquier otra contratación y difusión de publicidad de este tipo hasta que se inicie el periodo de campaña electoral y apercibirla de que en caso de reincidir en una conducta similar se procederá a incoar el correspondiente expediente sancionador", concluye la resolución.
(SERVIMEDIA)
18 Oct 2019
KRT/mjg