Memoria Fiscal

La Fiscalía pide que policías y jueces amenazados puedan ser declarados testigos protegidos

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía considera que debe reformarse en España la normativa sobre testigos protegidos, de forma que puedan ser considerados como tales los funcionarios amenazados dentro de un proceso penal, como les puede suceder a jueces, fiscales, policías o forenses.

Así se asegura en la Memoria de la Fiscalía dada a conocer este lunes con motivo de la apertura del Año Judicial y que recoge la actuación del Ministerio público durante 2018.

En la Memoria, la institución que preside María José Segarra hace diversas sugerencias legislativas, entre la que se incluye una “propuesta de modificación de la normativa relativa a la protección de testigos”, ya que la actual, que data de 1994, “ha puesto de manifiesto alguna de sus carencias”.

Así, se ha podido constatar, entre otras “deficiencias”, una “insuficiente regulación de las medidas de protección” de los testigos protegidos en España; que la normativa vigente no incluye la “previsión de medidas para los meros colaboradores de la Justicia”; y que la ley actual no contiene una “regulación de un necesario estatus de derechos y obligaciones del testigo protegido”.

La Fiscalía destaca que el uso de testigos protegidos es “uno de los medios de prueba más privilegiado” y el “medio más importante y frecuentemente utilizado en los procesos penales”, por lo que sería conveniente una mejor regulación en España.

ORGANISMO DE CONTROL

Como mejoras que pueden incluirse en la reforma, el Ministerio Público pide que también puedan ser considerados testigos protegidos “los familiares y allegados de testigos, peritos y demás intervinientes en el proceso, así como a cualquier colaborador que proporcionara información relevante para el desarrollo de una investigación, con independencia de que finalmente llegara a testificar o no en el juicio oral”.

Igualmente, debería incluirse a “los colaboradores de la Justicia que ostentaran la condición de investigados o finalmente acusados en el procedimiento penal y a los funcionarios públicos que pudieran resultar amenazados como consecuencia de su intervención en un proceso penal (jueces, fiscales, policías, médicos forenses, etc.)”.

Al mismo tiempo, la institución que dirige Segarra plantea que la vigilancia y supervisión de los testigos protegidos sea llevada a cabo por un “organismo o entidad que se encargue de precisar las concretas medidas de protección que resulten oportunas en cada caso, así como de llevar a cabo la aplicación práctica de las mismas”.

Se destaca que cometidos como asignar la nueva identidad a un testigo y su familia, así como otras medidas paralelas suponen una carga de trabajo que no debe asumir jueces y fiscales.

(SERVIMEDIA)
09 Sep 2019
NBC/pai