Castilla y León

El TSJCL declara "discriminatoria" la imposición de adaptaciones curriculares significativas a una alumna con necesidades educativas especiales

MADRID Madrid
SERVIMEDIA

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL) considera que la imposición de adaptaciones curriculares significativas a I.G.M., una alumna con discapacidad intelectual y necesidades educativas especiales, supuso una discriminación contraria a sus derechos fundamentales.

En una sentencia, el tribunal con sede en Burgos señala que esta imposición por parte de la Consejería de Educación tuvo "unos efectos perversos contrarios al objetivo de toda adaptación de obtener una educación inclusiva", porque impidieron que la estudiante alcanzase los objetivos y la titulación correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria.

I.G.M. terminó 4º de la ESO en el curso 2016/2017 con una media de notable, pero no se tituló porque, según el profesorado de su instituto, no había alcanzado los objetivos y las competencias de la etapa, al haber estudiado más de dos asignaturas con adaptaciones curriculares significativas.

El curso siguiente repitió 4º de la ESO con el objetivo de titularse y renunció a las adaptaciones curriculares significativas en cuatro asignaturas, solicitando estudiarlas con adaptaciones curriculares que no fueran significativas. Mediante una resolución que ahora ha sido anulada por la sentencia del TSJCL, la Dirección Provincial de Segovia denegó a esta alumna la posibilidad de renunciar a dichas adaptaciones curriculares significativas en tres asignaturas. Ello significaba que pese a tener todo aprobado, no se le dejaba ninguna oportunidad de titularse.

En su fallo, el Superior de Castilla y León establece que la resolución de la Dirección Provincial de Segovia no es conforme a derecho, por vulneración del derecho fundamental a la educación en igualdad de condiciones prevista por el artículo 27 en relación con el artículo 14 de la Constitución Española. Por tanto, declara la nulidad de dicha resolución y reconoce el derecho a estudiar sin dichas adaptaciones curriculares significativas en los términos solicitados por la alumna en su demanda.

Según el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), se trata de "una sentencia histórica", que "abre la puerta a que se corrija una de las grandes perversiones de nuestro sistema educativo, que hasta ahora permitía que las medidas de accesibilidad previstas en las leyes se convirtiesen en barreras que impedían seguir estudiando" a los alumnos con discapacidad.

(SERVIMEDIA)
28 Jun 2019
AGQ/caa