Juicio procés

El Supremo deja en manos de las Cámaras la suspensión de los electos con escaño

- Malestar en el tribunal que juzga el `procés´ por los mensajes grabados por los políticos presos

MADRID
SERVIMEDIA

El tribunal que juzga a los líderes del 1-O deja en manos de las Cámaras legislativas (Congreso y Senado) la decisión final sobre la suspensión de los cinco políticos presos que obtuvieron escaño en las elecciones generales del pasado 28 de abril. La Sala ha enviado un oficio a las Cortes Generales en el que pide que se pronuncie sobre este extremo y, en su caso, acuerde la suspensión.

La decisión la deberán tomar las Mesas del Congreso y del Senado que se constituirán mañana. Este lunes, los cinco presos acudieron a formalizar los trámites de acreditación de su condición de parlamentarios, tras recibir la autorización del Supremo la pasada semana.

Ese permiso especificaba que se concedía por el tiempo imprescindible para que se culminaran los trámites de acreditación y advertía que ninguno de los presos podría celebrar reuniones o conceder declaraciones a los medios de comunicación durante su estancia en las Cámaras.

Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sánchez y Raül Romeva fueron trasladados desde la prisión de Soto del Real a bordo de vehículos camuflados y una vez en el interior del Congreso y del Senado la responsabilidad de su custodia y del cumplimiento de las órdenes judiciales correspondía a la Policía de los edificios.

Pese a la prohibición, Junqueras y otros diputados han grabado mensajes a través de móvil para animar al voto y asegurar que su lucha va más allá de la independencia de Cataluña y pretende conquistar la “libertad”. Esta estratagema ha molestado a los miembros del tribunal que consideran el hecho una suerte de burla.

El oficio remitido por el Supremo especifica que los parlamentarios se encuentran en prisión preventiva y que están siendo juzgados, por lo que acudirán bajo custodia policial, por el tiempo imprescindible para cumplir con el mandato de toma de posesión y recuerda que el artículo 21 del Reglamento del Congreso de los Diputados estipula que si un diputado está en prisión preventiva deberá ser suspendido de “sus derechos y deberes parlamentarios".

El Tribunal Supremo entiende, por tanto, que la decisión sobre la suspensión de los electos presos corresponde a las Cámaras y son éstas las que deben adoptar las medidas oportunas, puesto que una orden del TS supondría una “injerencia” en las competencias del poder legislativo. No está descartada tampoco la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que estipula la suspensión para procesados mientras se encuentran en prisión.

(SERVIMEDIA)
20 Mayo 2019
SGR/gja