La Generalitat asegura que el 'Moby Dada' “no tenía calificación de buque de Estado” y por eso no pudo atracar en Palamós
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Ricard Font, exsecretario de Infraestructuras y Movilidad de la Generalitat de Cataluña durante el proceso secesionista, aseguró en el juicio por el 1-O que el buque 'Moby Dada', conocido como `Piolín´, “no tenía calificación de buque de Estado” por lo que no se le permitió atracar en el puerto de Palamós.
El testigo aseguró que el conseller de Territorio, en aquel momento Josep Rull, juzgado en la causa del `procés´ “no forma parte del organigrama de los Puertos de la Generalitat" y, por tanto, le descargó de todo tipo de responsabilidad sobre las decisiones tomadas por la autoridad portuaria en ese caso.
El testigo aseguró que en "ningún momento el Gobierno comunicó que esos barcos fueran barcos de Estado", a preguntas del abogado Jordi Pina. Insistió, además, que no se permitió atracar al 'Moby Dada' en el puerto de Palamós porque todas las plazas estaban contratadas con anterioridad.
El buque en el que fueron alojados efectivos de la Policía y de la Guardia Civil intentó atracar en el puerto de Palamós el 19 de septiembre de 2017, pero le fue denegada la entrada al puerto. El testigo insistió en que el consignatario sólo pidió permiso para atracar durante 20 días y realizar reparaciones en los camarotes. Negó, en cambio, que en algún momento se utilizara la disposición número 10 de la Ley de Puertos que obliga a autorizar el atraque automático de cualquier buque por cuestiones de seguridad nacional.
"No se recibió ninguna petición formal administrativa, no hubo ninguna carta en la que se nos dijese que era un buque de Estado y no se usó la disposición adicional de la ley de puertos. En ningún caso se advirtió a la Generalitat de la causa del atraque del buque 'Moby Dada'", reiteró Font.
El testigo no avaló en ningún punto la declaración del práctico del puerto de Palamós, que aseguró que en ese puerto cabía el 'Moby Dada' y que su presencia era compatible con la de otros buques de gran calado. “El práctico tiene por función asesorar al capitán en su entrada y salida del puerto pero la autorización para el atraque depende de la autoridad portuaria”, concluyó.
(SERVIMEDIA)
13 Mayo 2019
SGR/ICG/gja