Elecciones generales
La Fiscalía se opone a que Sànchez, Turull y Rull (JxCat) concedan entrevistas en los recesos
- El Ministerio Público recuerda al tribunal que esta petición supone un “riesgo” de “movilizaciones inmediatas” y “tumultos”
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La Fiscalía comunicó este martes que se opone a la petición de Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull (JxCat), candidatos en las elecciones generales que se celebrarán el 28 de abril, de atender a los medios de comunicación en el periodo de campaña electoral, concediendo entrevistas, ruedas de prensa y grabando ‘spots’ publicitarios durante los recesos del juicio o antes del inicio de las sesiones. La defensa de los tres candidatos solicitó este permiso tras el rechazo del Supremo de concederles la libertad provisional para participar en los actos de campaña.
Esta decisión del Ministerio Público se produce tan solo unos días después de que la defensa de los tres candidatos solicitara esta medida subsidiaria, tras el rechazo de la sala del Tribunal Supremo que juzga el ‘procés’ de concederles la libertad provisional para participar en los actos de campaña electoral.
Para la Fiscalía, el derecho de los acusados a participar en las elecciones generales como candidatos “ha sido absolutamente respetado”, pero más allá de eso, agrega, “caben restricciones respecto del más limitado derecho de participación en una campaña electoral”. El Ministerio Público recuerda que si se autoriza la salida del centro penitenciario de los acusados para participar en determinados actos o si se permite su participación en los medios de comunicación “posibilitaría las situaciones de riesgo” que la prisión ha tratado de evitar. "No solo facultaría el impulso de movilizaciones inmediatas, sino que pueden aprovecharse para propiciar que los tumultos se materialicen”, resalta.
Además, el escrito apunta que los preceptos que la defensa de Sànchez, Turull y Rull alega para justificar su petición se refieren a “situaciones extraordinarias de la vida privada y familiar” en los que se considera la salida del centro penitenciario por “razones humanitarias que hacen imprescindible la presencia del preso para asistir a actos que de forma excepcional puedan discurrir en la vida diaria de una persona”. Estos hechos, subraya, resultan ajenos a la situación de los procesados en prisión preventiva. De esta manera, concluye, se opone "absolutamente" a la concesión de los permisos solicitados.
(SERVIMEDIA)
16 Abr 2019
ICG/gja