Cataluña

El TC inadmite el recurso de Comín y Serret contra los autos del Supremo que negaron la recusación del juez Llarena

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC), en una sentencia aprobada por unanimidad y cuyo ponente ha sido el magistrado Fernando Valdés Dal-Ré, ha inadmitido el recurso de amparo promovido por lo exconsellers de la Generalitat de Cataluña huidos de la justicia española Antoni Comín y Meritxell Serret contra el auto de 13 de junio de 2018, dictado por el magistrado instructor del Tribunal Supremo en la causa especial número 20907-2017, por el que rechazó `a limine´ su propia recusación, así como el posterior auto de 4 de julio de 2018, que tampoco admitió a trámite la solicitud de nulidad de actuaciones.

Los demandantes en amparo invocaban el derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, en cuanto garantiza el derecho a un juez imparcial. La sentencia explica que en este caso, como en los analizados en las sentencias 129, 130 y 131/2018, de 12 de diciembre, y 20/2019 de 12 de febrero (todas del Pleno) el momento procesal en el que se ha planteado la solicitud de amparo es relevante.

“Nos encontramos de nuevo en un supuesto en el que, sin haber finalizado el proceso a quo, se acude ante este Tribunal por una aducida vulneración de derechos fundamentales procesales producida en el seno de una causa penal que se hallaba aún el curso al presentarse la demanda y que, todavía hoy, sigue sin haber sido resuelta de forma definitiva”, señala el TC.

En consecuencia, añade el Constitucional, ello impide entender satisfecha la previsión establecida en el artículo 44.1 a) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, conforme a la cual es requisito de admisión del recurso de amparo, cuando se dirige contra actos de un órgano judicial, “que se hayan agotado todos los medios de impugnación previstos por las normas procesales para el caso concreto dentro de la vía judicial”. La sentencia concluye afirmando que el recurso de amparo es prematuro por falta de agotamiento de la vía judicial previa.

(SERVIMEDIA)
05 Abr 2019
SGR/caa