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Plena Inclusión rechaza a la directriz de la Junta Electoral Central que "discrimina" a las personas con discapacidad

- La JEC permitirá a interventores o apoderados apuntar en las mesas electorales el DNI de las personas con discapacidad que consideren que no ejercen su derecho de forma consciente, libre y voluntaria.

- La confederación que agrupa a 900 entidades que trabajan con personas con discapacidad intelectual o del desarrollo denuncia que se viola la Convención de Naciones Unidas.

MADRID
SERVIMEDIA

Plena Inclusión España, la confederación que agrupa a 900 entidades de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, denunció este martes por "discriminatoria" la directriz de la Junta Electoral Central (JEC) que afecta a las personas con discapacidad y que permitirá a interventores y apoderados de los partidos apuntar, en el momento del voto, el DNI de personas con discapacidad que entiendan que no están ejerciendo su derecho al sufragio de forma consciente, libre y voluntaria.

Desde Plena Inclusión se califica como arbitraria la decisión y recuerda que vulnera la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, “puesto que permite sospechar a interventores y apoderados sobre la manipulación de la voluntad de las personas con discapacidad en la decisión de votar, pero no del resto de los votantes”.

“No podemos aceptar directrices que generan sombra de dudas y son claramente discriminatorias sobre un grupo de electores por razón de discapacidad. El espíritu de la reforma de la Loreg es velar por el voto libre y consciente de cualquier persona y no de ningún colectivo. Directrices como esta emergen el estigma y la discriminación que sigue operando en nuestra sociedad”, asegura Enrique Galván, director de Plena Inclusión España.

La instrucción de la JEC dice textualmente que "las Mesas Electorales deberán admitir el voto de cualquier persona con aparente discapacidad que se encuentre inscrita en el censo electoral correspondiente a dicha Mesa. Las personas con alguna discapacidad podrán valerse de alguien que les acompañe, o de algún medio material para trasladar los sobres electorales a los miembros de la Mesa Electoral".

Sin embargo, añade que "en el supuesto de que algún miembro de una Mesa Electoral, o alguno de los interventores o apoderados adscritos a esa Mesa considere que el voto de una persona con discapacidad no es ejercido de forma consciente, libre y voluntaria, lo podrá hacer constar en el acta de la sesión, pero no se impedirá que dicho voto sea introducido en la urna. En esa manifestación de constancia, el acta identificará al elector únicamente por el número de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, por el documento identificativo que aporte".

Desde Plena Inclusión España, que trabaja en todo el Estado con un colectivo cercano a las 140.000 personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, se exige a la Junta Electoral Central que explicite los motivos que le han llevado a lanzar esta directriz, “ya que supone un retroceso respecto al gran logro conseguido, en octubre de 2018, con la reforma de la Ley Electoral”. Gracias a dicha reforma, 100.000 personas con discapacidad podrán votar por primera vez en los comicios del próximo 28 de abril.

(SERVIMEDIA)
12 Mar 2019
GJA/NBC