Tribunales

El Supremo confirma la multa a la familia Aznar-Oriol por obras ilegales en Cabañeros

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación promovido por el matrimonio formado por el naviero Alejandro Aznar y Mónica Oriol, expresidenta del Círculo de Empresarios, contra la sentencia de la Audiencia Nacional dictada hace un año por realizar obras en una finca del Parque Nacional de Cabañeros (Castilla-La Mancha) sin la autorización correspondiente en 2014, con lo que ha confirmado un sanción de 200.001 euros a este respecto.

Esta decisión es el cuarto fallo judicial que ratifica la ilegalidad de las actuaciones realizadas en los terrenos, denunciadas por Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF por su potencial impacto en el espacio natural protegido y el octavo en que la familia Aznar-Oriol ve desestimada su interpretación de la legislación aplicable al Parque Nacional de Cabañeros.

En concreto, el fallo judicial da la razón a SEO/BirdLife, organización personada en todo el proceso, y rechaza entrar en el fondo del asunto, al indicar que no cabe tramitar en recurso interpuesto, ya que la sentencia de la Audiencia Nacional de 2018 debe ser considerada firme. De este modo, se confirma la ilegalidad de dos obras anexas a la vivienda principal de la finca: un aparcamiento y una campa de importantes dimensiones destinada a la evisceración de piezas de caza.

Aunque no se procederá a demoler las construcciones, que durante el procedimiento fueron aceptadas por la Comisión Mixta de Gestión de los Parques Nacionales, la decisión del Tribunal Supremo indica que la acumulación de resoluciones judiciales condenatorias contra la actitud de la familia debe abrir un periodo en que la actividad de estos propietarios muestre un mayor respeto por el Parque Nacional de Cabañeros.

Las ONG lamentaron este viernes que los titulares de los terrenos hayan dilatado el proceso a través de “la sistemática presentación de recursos en lugar de colaborar con la conservación de un parque nacional de las características de Cabañeros”.

Además, las organizaciones ambientales recordaron que los propietarios de la finca han recurrido el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Nacional de Cabañeros, lo que ha obstaculizado su aprobación hasta la fecha. “Todo ello para alegar reiteradamente que la ausencia de este PRUG priva de efectos legales a la protección del Parque Nacional”, añadieron.

Las entidades ecologistas reclamaron que se apruebe definitivamente el PRUG del Parque Nacional de Cabañeros, instrumento de gestión básico de planificación ordinaria como indica la Ley de Parques Nacionales y del que el último borrador data de 2015, pero recordaron que la ausencia de un Plan en vigor no supone la nulidad del nivel de protección otorgado por la figura de Parque Nacional.

(SERVIMEDIA)
08 Feb 2019
MGR/caa