El Senado aprueba eximir a la banca del impuesto en hipotecas en la primera vivienda
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El Senado aprobó hoy eximir a la banca del pago del impuesto por actos jurídos documentados en el caso de primeras viviendas, a través de una enmienda introducida por el PP a la reforma hipotecaria.
Su iniciativa prospera gracias a la mayoría del Grupo Popular en la Cámara Alta, aunque aún deberá ser confirmada en el Congreso, donde ya fracasó la pretensión de liberar a la banca de ese tributo en la generalidad de los préstamos.
La forma de introducirlo ha sido a través de un cambio en la ley que reconoce que dicho tributo corresponde asumirlo a partir de ahora a las entidades financieras, pero fijando un tipo cero cuando se trate de crédito para comprar la primera vivienda.
El argumento del PP es evitar así que dicha cuantía acabe finalmente trasladada al usuario y encareciendo las operaciones cuando la banca decida repercutirlo entre los costes de construcción del préstamo.
En la votación de hoy el PP ha sacado adelante varias decenas de enmiendas, entre las que incluía la regulación de las 'hipotecas verdes' para "promover el capital privado" hacia proyectos que mejoren la eficiencia energética.
Se trata de préstamos para mejoras en inmuebles ya edificados que busquen optimizar la citada eficiencia energéticas, o proyectos nuevos de inversión con el mismo propósito, para el ahorro de agua o uso y almacenamiento de energías de fuente renovable. La ley que ahora vuelve al Congreso fija grandes cambios en la forma de comercialización de las hipotecas, en su proceso y hasta en los costes.
REPARTO DE LAS CARGAS
Entre los principales cambios que introduce la futura ley figura la imputación de la mayoría de los costes de formalización de la hipoteca al banco. El cliente deberá cargar aún con el coste de la tasación, pero ya no correrá a cargo de los costes de notario o registro, por ejemplo, estando ahora en el aire el futuro del citado impuesto de actos jurídicos documentados y si lo convalidará el Congreso o lo echará atrás.
La nueva ley acabará también con la regla que permitía a un banco iniciar el proceso de reclamación de la deuda cuando se acumulasen tres cuotas de amortización sin pagar, y lo sustituye por un mecanismo más exigente para la banca y favorable para el consumidor donde será necesario que la familia haya acumulado 12 impagos o el 3% del capital concedido sin abonar para lanzar el proceso.
Esa regla rige en la primera mitad de vida del préstamo. Para la segunda mitad, el impago tendría que acumular 15 meses sin sufragar la cuota o haber acumulado una deuda impagada equivalente al 7% del préstamo recibido.
La futura ley pone especial acento en mejorar la comercialización de las hipotecas para proteger al ciudadano, garantizar que saben realmente lo que contrata y acabar con la alta litigiosidad vinculada a esta financiación por condiciones como las cláusulas suelo, los gastos de constitución, el IRPH o las cláusulas de vencimiento anticipado, restableciendo la seguridad jurídica.
Así exigirá al banco un estudio de solvencia del cliente antes de otorgarle préstamo, los notarios asesorarán gratuitamente a las familias sobre las condiciones de la operación y hasta se cambia el contrato para mejorar la transparencia sobre todas las condiciones.
La norma obligará a los bancos a señalizar, incluso, de manera clara y con diferente tipografía las cláusulas más conflictivas, a la vez que se refuerza el rol de notarios y jueces para que vigilen que no se imponen condiciones contractuales abusivas.
La ley limitará también los intereses moratorios, obliga a la conversión de las hipotecas multidivisa, y topa las comisiones de amortización anticipada cuando el repago se produce antes de lo estipulado.
Para facilitar dicha amortización o el cambio de banco aplicará una rebaja drástica a las comisiones. Se topa en el 1,5% la comisión de amortización cuando la operación está contratada a tipo fijo y el repago se efectúa dentro de los primeros diez años de vida del préstamo, y al 2% si es después.
En hipotecas a tipo variable, el cliente elegirá si asume una comisión del 0,25% en los primeros tres años o del 0,15% en los cinco. Con posterioridad a esos plazos estará exenta de comisión.
(SERVIMEDIA)
06 Feb 2019
ECR/gja