Gestha lamenta la “benevolencia” de la sentencia a Cristiano Ronaldo por su fraude fiscal
- Señalan que el portugués “gana por goleada” a Messi en los tribunales
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El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) lamentó este martes “la excesiva benevolencia” de la sentencia dictada esta mañana contra Cristiano Ronaldo por su caso de fraude fiscal, al considerar que “reduce sustancialmente las cuotas defraudadas del año 2014, rebaja las multas en 25 millones de euros por debajo del mínimo que hubiera correspondido de acuerdo con la denuncia inicial de la Fiscalía, y las penas quedan justo en un total de 24 meses, si bien se sustituyen por una multa de 360.000 euros para garantizar que no entre en prisión”.
En un comunicado, los técnicos de Hacienda señalaron que, con esta sentencia, el futbolista portugués “consigue una condena mucho más laxa que la impuesta a Messi y su padre”, lo que les hace concluir que “Cristiano Ronaldo ha ganado por goleada a Messi en los Tribunales”.
En concreto, Gestha destacó que se han rebajado entre un 16% y un 20% las cuotas defraudadas de 2011 a 2013, y la de 2014 baja nada menos que hasta los 568.479 euros, frente a los 8,5 millones que denunciaba inicialmente la Fiscalía, y la calificación de este delito agravado baja al tipo normal del delito contra la Hacienda Pública, a pesar de que el fraude de 2014 se produjo igualmente con la interposición de una sociedad pantalla, Tollin Associates LTD, domiciliada en el paraíso fiscal de las Islas Vírgenes”.
Además, los técnicos consideran que ,”en un caso de fraude fiscal tan excepcional como éste, con dos delitos fiscales y otros dos delitos agravados, la conformidad en las multas no debería bajar del importe mínimo que prevé el Código Penal y que incluso podría haber alcanzado una cantidad superior hasta el máximo de seis veces la cuota defraudada”. En cambio, la Fiscalía y la representación de la Agencia Tributaria han aceptado una rebaja de las multas en 6,5 millones, hasta situarlas en un total de 3,2 millones.
De esta forma, los técnicos de Hacienda creen “desmesurada” la rebaja de las sanciones, que quedan finalmente entre el 40% y 60% de los delitos cometidos, “siendo su importe menor al que hubiese impuesto Hacienda, de no denunciar los delitos, incluso con las reducciones de conformidad y pago en plazo, pago que Cristiano Ronaldo ha pospuesto al 13 de julio de 2018, más de un año después del final de las investigaciones”.
Por otro lado, los técnicos recuerdan que “Cristiano Ronaldo se aprovechó del régimen de impatriados, derogado parcialmente a partir de 2010 y conocido popularmente como ‘ley Beckham’, que ha permitido dos privilegios al jugador”. Por una parte, señalan, “optar hasta 2014 por tributar por el Impuesto de la Renta de no residentes al 24% en 2011 y al 24,75% de 2012 a 2014, en vez de al tipo marginal del IRPF, como hubiera tenido que hacer cualquier otro residente español”. Y, por otro, “tributar únicamente por los ingresos obtenidos o generados en España, y no por las rentas extranjeras, a diferencia de lo que tendría que haber hecho cualquier residente español, tributando en el IRPF por su renta mundial”.
Por el contrario, desde Gestha recordaron que Leo Messi debía tributar por su renta y patrimonio mundial (la obtenida en España y en el extranjero) en el IRPF al ser residente en España. Y dado el volumen de rentas obtenidas, estaban básicamente gravadas en el tramo superior de las escalas al tipo marginal del 54,26% en 2007, 2008 y 2009 en Cataluña. Las cuotas defraudadas de los tres delitos contra la Hacienda Pública alcanzaron los 4,1 millones en las declaraciones del IRPF de 2007, 2008 y 2009.
Por tanto, Gestha considera que “la defraudación de Cristiano Ronaldo es mucho más grave que la de Messi porque la cantidad defraudada por el portugués triplica a la que defraudó Messi, no se han condenado a los cooperadores necesarios en los delitos cometidos por el portugués, cuando al padre del argentino sí lo condenaron y tras la reforma del código penal de 2013, los tres últimos delitos fiscales de Cristiano Ronaldo fueron calificados como delitos agravados frente a tres delitos fiscales del jugador blaugrana”.
RECLAMACIONES
Por otra parte, Gestha indicó que la configuración del delito fiscal es menos exigente que el delito contra la Seguridad Social o contra los presupuestos generales de la Unión Europea, y criticó que “no se están depurando las conductas evasoras más graves, y cuando se denuncian las posibilidades de reducir las penas y multas son extraordinariamente beneficiosas para el presunto delincuente fiscal”.
Por ello, los técnicos advierten de que “estas ventajas de los delincuentes fiscales en el proceso judicial son una de las causas del desplome próximo al 78% de las denuncias de delito fiscal por la AEAT y del 64% de las cuotas defraudadas desde 2011”, y añaden otras como “la falta de atribución de competencias a los técnicos de Hacienda y unos objetivos poco ambiciosos de lucha contra el fraude”.
Así, proponen modificar el Código Penal para unificar los umbrales y penas por los diferentes delitos fiscales para defraudaciones superiores a 50.000 euros o 120.000 euros en los delitos agravados, sustituir la rebaja de grados por atenuantes para reconocer la comisión de los delitos y el pago de la multa en el plazo actual de dos meses desde la notificación de la investigación judicial, así como concretar los requisitos para la exigencia de la responsabilidad civil y penal de la colaboración de asesores y entidades financieras en la comisión de estos delitos.
Además, los técnicos solicitan que la Fiscalía General del Estado imparta instrucciones para que cualquier acuerdo que pueda alcanzarse con grandes evasores contemple expresamente la investigación y depuración de las posibles responsabilidades penales de los asesores legales y fiscales que organizan complejas tramas evasoras a sus clientes y, por tanto, considerar su investigación como cooperadores necesarios en la comisión de los presuntos delitos fiscales de sus clientes.
Por último, Gestha confía en que el proyecto antifraude que aprobará el Gobierno “modifique la ley general tributaria para ampliar el plazo de prescripción administrativa desde los actuales cuatro años hasta los 10 años para equipararla a la prescripción de los delitos fiscales agravados, de forma que inspectores y técnicos puedan investigar y denunciar las evasiones más sofisticadas y complejas de este tipo de delitos”.
(SERVIMEDIA)
22 Ene 2019
IPS/gja