Seguridad vial

El límite a 90 km/h en todas las carreteras convencionales entrará en vigor el 29 de enero

- Las señales cambiarán en unos 10.000 kilómetros de vías

MADRID
SERVIMEDIA

El límite máximo de velocidad a 90 km/h en todas las carreteras convencionales (es decir, de un carril por sentido y sin desdoblar) para coches, motos y autobuses entrará en vigor el próximo 29 de enero, un mes después de que este sábado haya sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y tras su aprobación este viernes mediante un real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación.

El Gobierno aplaza un mes la entrada en vigor de esta medida para que los titulares de las carreteras convencionales (Estado, comunidades autónomas y diputaciones provinciales) tengan tiempo para cambiar la señalización de las vías afectadas, que son 10.000 kilómetros de los cerca de 165.000 kilómetros que forman la red de carreteras de España.

Esta medida es la primera que se pondrá en marcha de un paquete de reformas puntuales que prepara la Dirección General de Tráfico (DGT) para los próximos meses, como reducir a 30 km/h el límite de velocidad en las calles de un único carril o de un carril por sentido, regular los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, obligar a ir a clase ocho horas para sacarse el carné, actualizar el carné por puntos (seis menos por conducir con el móvil en una mano y cuatro menos por no llevar puesto el cinturón, el casco o la sillita infantil) y premiar con ocho puntos a los conductores que hagan cursos de recuperación parcial.

El director general de Tráfico, Pere Navarro, pretende acometer estos pequeños cambios normativos en lugar de la reforma integral de la ley de seguridad vial y de los reglamentos de conductores, de circulación y de vehículos que preparaba su antecesor Gregorio Serrano, debido a la inestabilidad política de la actual legislatura.

Además, desde la DGT son conscientes de que los tiempos de la Administración son más lentos que el deseo de poner en marcha modificaciones legislativas que modifiquen el comportamiento de los conductores después de que las cifras de víctimas mortales hayan aumentado de 1.680 en 2013 a 1.830 en 2017.

DESDE LOS AÑOS 80

El real decreto, recogido por Servimedia, supone igualar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales a 90 km/h para coches, motos, autobuses, autocaravanas de masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kilos, pick-up, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables.

El límite es de 80 km/h para camiones, tractocamiones, furgonetas, autocaravanas de masa máxima autorizada superiora 3.500 kilos, vehículos articulados, automóviles con remolque y resto de vehículos.

No obstante, el real decreto señala que el titular de la carretera convencional puede fijar un límite máximo de 100 km/h para coches, motos y autocaravanas con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kilos si la vía tiene separación física de los dos sentidos de circulación.

Hasta que sean efectivos esos límites el 29 de enero de 2019, las velocidades máximas varían en la actualidad: 100 km/h para automóviles y motocicletas, 90 km/h para autobuses y furgonetas, y 80 km/h para camiones en las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de anchura de arcén o con más de un carril para alguno de los sentidos de circulación, y 90 km/h para coches y motos, 80 km/h para autobuses y furgonetas y 70 km/h para camiones en el resto de las vías secundarias.

Estos límites actuales de velocidad se fijaron a principios de los años 80 del siglo pasado, cuando la red viaria española no tenía casi kilómetros de vías de alta capacidad, mientras que ahora hay más de 17.000 kilómetros de autopistas y autovías, y el límite a 100 km/h en las carreteras convencionales con más ancho de arcén permitía mejorar la fluidez de la circulación en un contexto de creciente aumento del parque automovilístico.

PAÍSES EUROPEOS

Tráfico defiende que la nueva reducción de 10 km/h en carreteras convencionales supondría un descenso de la mortalidad cercano al 10%, máxime cuando en estas vías se producen en torno a un 75% de los accidentes mortales en carretera.

Además, España se equiparará a la mayoría de los países europeos, puesto que 14 de ellos tienen actualmente límites de velocidad de 90 km/h en carreteras convencionales (Bélgica, Bulgaria, Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo y Portugal), mientras que otros cinco lo tienen a 100 km/h (Alemania, Austria, Irlanda, Polonia y Rumanía), además de España.

Suecia cuenta con el límite de velocidad más bajo (70 km/h), por delante de Chipre, Dinamarca, Finlandia, Francia, Liechtenstein, Malta, Noruega, Países Bajos y Suiza (80 km/h), en tanto que Reino Unido lo tiene en 60 millas por hora (96,6 km/h).

(SERVIMEDIA)
29 Dic 2018
MGR/gja