Madrid
El Ayuntamiento reduce la velocidad a 30 km/h en las calles con un carril por sentido o un solo carril
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El Ayuntamiento de Madrid aprobó este viernes, con los votos a favor de Ahora Madrid y PSOE, la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, que establece, entre otras medidas, la reducción de la velocidad a 30km/h en las calles con un carril por sentido o un solo carril.
La nueva regulación, que además aborda por primera vez el uso de vehículos como los patinetes eléctricos o ‘segways’, entrará en vigor el mismo día en el que aparezca publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
La principal novedad es el nuevo límite de velocidad, ya que se reducirá a 30 km/h en las calles con un carril por sentido o un solo carril, medida que, según el Ayuntamiento, afecta al 85% de las calles de la capital. No obstante, en vías que forman parte de la Red Básica de Transportes podrá mantenerse el límite de velocidad en 50 km/h. A su vez, en las calles de más de un carril por sentido podrá rebajarse a 30 km/h siempre que la seguridad vial así lo aconseje.
Además, la nueva ordenanza reduce a 20 km/h la velocidad en las zonas de plataforma única (calles de coexistencia) y se establece la posibilidad de declarar “zonas de prioridad peatonal”, donde quedará prohibido el estacionamiento de motos en las aceras.
ESTACIONAMIENTO DE MOTOS
Respecto a las motos, ciclomotores, bicis y los vehículos de movilidad urbana de los tipos A y B (patinetes eléctricos y 'segways'), podrán estacionar en las aceras siempre que dejen más de tres metros de ancho libre. En las aceras de menos de seis metros deberán hacerlo paralelamente al bordillo y, si la acera tiene más de 6 metros, en semibatería o ángulo junto al bordillo.
Asimismo, tendrán que guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales, y respetar los espacios peatonales próximos a paradas de autobús o taxi, estaciones de BiciMAD y otras reservas. Además, las motos y ciclomotores no podrán estacionar en la acera cuando exista banda de aparcamiento.
Por otro lado, se crea la obligación de dejar 5 metros de espacio libre tanto en acera como en calzada junto a los pasos de peatones, dado que, para el Ayuntamiento, “suponen una menor barrera visual que los coches y, por lo tanto, mayor seguridad para los peatones”.
MOVILIDAD DE LOS CICLISTAS
Como ya sucede en diversas ciudades europeas, se incluye la posibilidad de giro a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizada y también se permitirá la circulación en ambos sentidos en calles residenciales (aquellas con velocidad de 20 km/h o inferior), ciclocalles y en la red viaria local cuando estén específicamente señalizadas a tal efecto.
Además, se permitirá el anclaje de las bicis, y patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana, a vallas u otros elementos de mobiliario urbano, excepto bancos y marquesinas, siempre que no afecte a la funcionalidad o acceso a los mismos. En ningún caso, precisó el Consistorio, podrán anclarse a elementos vegetales.
PATINETES ELÉCTRICOS
La nueva ordenanza prohíbe a los Vehículos de Movilidad Urbana (VMU), como los patinetes eléctricos y otros vehículos similares como los ‘segways’, la circulación por aceras y otros espacios reservados con carácter exclusivo para peatones.
Así, podrán circular por ciclocalles, carriles bici, pistas bici, por la calzada de calles integradas dentro de las zonas 30, respetando la prioridad del peatón, y por las calles en que en todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea de 30 km/h. Por su parte, los patines sin motor y monopatines sí podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales a una velocidad adaptada al paso de personas, que no exceda de los 5 km/h, y por aceras bici y sendas ciclables a una velocidad que no supere los 10 km/h.
DISTINTIVOS AMBIENTALES Y MOVILIDAD REDUCIDA
La nueva normativa recoge además los cambios de movilidad previstos en el Plan A, como la creación de la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central y los criterios de acceso a la misma, y los contenidos en el Protocolo de Actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno. Asimismo, introduce la obligatoriedad de lucir en los vehículos los distintivos ambientales de la DGT en un plazo de seis meses.
Además, las personas con movilidad reducida tendrán prioridad sobre el resto de los usuarios. Aquellas que circulen sobre sillas motorizadas deberán acomodar su marcha a la de los peatones (máximo 5 km/h) si van por las aceras, pero también podrán circular por las vías ciclistas de la tipología acera-bici, donde igualmente tendrán de prioridad.
CARGA Y DESCARGA
En último lugar, para el sector de la distribución urbana de mercancías se crea la posibilidad de habilitar reservas para carga y descarga en zonas residenciales para reparto domiciliario ante la expansión del comercio electrónico y el establecimiento de un control del tiempo de ocupación mediante tique electrónico, así como la creación de un registro electrónico para la distribución urbana de mercancías.
(SERVIMEDIA)
05 Oct 2018
ICG/caa