La Audiencia Nacional condena a la nieta de Franco a pagar medio millón de euros por impago de impuestos
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La Audiencia Nacional ha condenado a Carmen Martínez-Bordiú, nieta de Franco, a abonar medio millón de euros por no haber pagado los impuestos correspondientes tras la venta de unas acciones que provenián de la donación de bienes de su madre.
Se trata de una operación realizada en 2006 en virtud de la cual la duquesa de Franco vendió 42 acciones de una inmobiliaria (FR Promociones del Suroeste) que le había donado su madre por un monto total de 9,9 millones de euros. Por esta operación, la nieta del dictador declaró 57.000 euros de ganancia patrimonial en el Impuesto sobre la Renta. La Agencia Tributaria, sin embargo, cifra en 6,7 millones de euros el beneficio real de la operación.
La sentencia se dictó el pasado mes de marzo y en ella el tribunal rechaza el argumento de que los inmuebles y las fincas que Martínez Bordiú compró con ese dinero eran parte de su actividad económica. Entre los bienes comprados figura un piso de lujo en Santander, donde vivía con su último marido.
La nieta de Franco se acogió por la donación referida a la reducción del 95% regulada en el artículo 20.6 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones; no habiendo sin embargo efectuado declaración en dicho impuesto, valorando poco riesgo al disfrutar de esa bonificación.
El 28 de abril de 2006, vendió las 42 acciones de la entidad FR Promociones del Suroeste, S.A. a las mercantiles Sanedi, S.A. y Edificaciones Tifan, S.L. por un importe total de 9.902.827,54 euros (4.951.413,77 euros cada una); estableciéndose para su pago un calendario determinado.
No obstante, en escritura complementaria y acta de depósito de 28 de abril de 2006 se indicó que los precios fijados de venta de las acciones fueron acordados en atención a que aquella entidad era propietaria de una finca incluida en el Avance de la revisión del P.G.O.U. de su Ayuntamiento con una determinada calificación urbanística y en consideración a que la misma fuera aprobada definitivamente; de modo que y para el caso de que no fuera así, se estableció una reducción del precio de las acciones, supuesto en que las dos sociedades compradores verían reducido el precio de compra en 1.564.951,06 euros.
Finalmente, en escritura de 10 de marzo de 2010 se expresó que no se había obtenido en los plazos convenidos la esperada calificación urbanística, razón por la que tuvo lugar la liberación al Notario del depósito de los respectivos pagarés por esos importes, que fueron devueltos a las dos sociedades compradoras.
Las cantidades cobradas se invirtieron en la adquisición de una vivienda, dos plazas de garaje y un trastero en Santander, por un importe de 1.959.050 euros más IVA de 140.987 euros; un chalet en la urbanización Costa de Andrax por importe de 1.475.200 euros y dos fincas en el municipio de Miera, por un importe de 360.607,26 euros. Martínez Bordiú sostiene que se destinaron a la actividad económica de arrendamiento.
(SERVIMEDIA)
11 Sep 2018
SGR/gja