Memoria de la Fiscalía
El 68% de las sentencias dictadas en 2017 coincidieron con la petición de la Fiscalía
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La Memoria de la Fiscalía General del Estado correspondiente a 2017 y presentada este lunes en la apertura del Año Judicial revela que el 68% de las sentencias dictadas por los tribunales coincidieron con la petición formulada por los fiscales, ya fuera condenatoria o absolutoria.
Frente a los 167.534 juicios por delito celebrados, en el año 2017 se dictaron un total de 165.449 sentencias. Como baremo de la eficacia de la actuación de la Fiscalía, la memoria resalta que un año más el índice de sentencias conformes con la posición del fiscal fue del 68%.
Además, del total de sentencias condenatorias, un 62,05% fueron de estricta conformidad con el Ministerio Fiscal, lo que a su vez supone el 46,21% del total de sentencias. Todo ello refleja cifras estables en relación con años anteriores, lo que permite hacer una valoración positiva sobre el trabajo riguroso de los integrantes de esta institución.
El volumen total de acusaciones formuladas por el Ministerio Fiscal durante el año 2017 fue de 262.319, lo que supone un descenso del 3,86% sobre las 272.456 presentadas en el año 2016, volviendo así a los volúmenes registrados en el año 2015, en que se formularon un total de 261.039.
A ello ha podido contribuir la disminución de los procedimientos abreviados incoados (161.766, lo que representa un descenso del 9,10%), que pone de manifiesto las dificultades en la tramitación de las investigaciones penales ante los Juzgados de Instrucción.
Esta bajada, no obstante, ha sido más significativa al ponerse en relación con el peculiar aumento producido en el año 2016, fruto del trabajo de revisión de procedimientos impuesto por el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).
El 46% de las acusaciones formuladas en 2017 por la Fiscalía corresponden a juicios rápidos, lo que evidencia que se trata de un tipo de procedimiento que presenta unos elevados niveles de eficiencia, ya que, además, en ellos se obtiene un 79% de sentencias de conformidad en el mismo Juzgado de guardia.
Durante el año 2017 ha continuado el descenso en la incoación del procedimiento penal más común. El total de diligencias previas incoadas fue de 1.590.492, lo que supone un 11,26% menos en relación con el notable descenso ya producido en el año 2016 como consecuencia de la aplicación del reformado artículo 284 de la LECrim, que permite no remitir a los Juzgados de Instrucción los atestados incoados por hechos presuntamente delictivos que no tengan autor conocido.
El descenso, sin embargo, no se ha visto respaldado por una mayor eficiencia en la gestión de los procedimientos, lo que denota la existencia de problemas estructurales en el modelo de Justicia penal.
Durante 2017 se incoaron 183.074 procedimientos urgentes, apenas un 0,71% más que en el año 2016. Se trata de los procedimientos que dan lugar a los juicios rápidos y que según la Fiscalía se podrían fomentar a través de una reforma legal que los priorice.
Los juicios por delitos leves incoados durante el año 2017 (361.071), suponen una disminución del 2,67% con respecto al año 2016, lo que permite deducir que la supresión de las faltas no ha supuesto una disminución relevante de la litigiosidad y de la carga de trabajo derivada de estas infracciones penales leves.
La fiscal general deduce “lo que ya era previsible”: que la supresión de las faltas “era más aparente que real, porque las modalidades de mayor incidencia práctica no se derogaron, sino que se transformaron en delitos leves”.
En cuanto a las actuaciones propias del Ministerio Fiscal, se ha producido un ligero descenso del 1,84% en el número de diligencias de investigación incoadas (14.438 frente a las 14.709 del año 2016).
En el año 2017, los fiscales asistieron a un total de 352.242 juicios ante la jurisdicción penal. De ellos, prácticamente la mitad (52,43%) fueron juicios por delitos leves, hasta un total de 184.688, lo que da una idea del tiempo y efectivos invertidos en la persecución de infracciones penales leves que, además, finalizan con sentencias absolutorias en el 38,46 % de los casos, fruto de carencias de material probatorio derivadas de la inexistencia de investigación previa en este tipo de procedimientos, o por incomparecencias de denunciantes y/o testigos ante la escasa relevancia del hecho o el mero transcurso del tiempo.
(SERVIMEDIA)
10 Sep 2018
SGR/gja