Televisión
La CNMC sanciona a CRTVE con más de un millón de euros por la emisión de publicidad no permitida
- En La 1, La 2, ClanTV, 24H y Teledeporte
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La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha resuelto dos procedimientos sancionadores contra la Corporación de Radio y Televisión Española (CRTVE) por la vulneración del artículo 43.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). Las dos sanciones suman un total de 1.070.765 euros.
Según informó hoy la CNMC, en uno de los casos se sanciona con 341.280 euros al haber emitido campañas de spots de varios productos cuya difusión no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE, ya que los anuncios no constituyen supuestos de patrocinios de eventos deportivos y culturales, ni patrocinios en la emisión de competiciones deportivas o emitidos en canales internacionales o patrocinio culturales, sino que presentan las características propias de comunicaciones comerciales o spots convencionales.
Estas comunicaciones comerciales tuvieron lugar en los canales de televisión La 1, La 2, 24H y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018.
En el otro expediente se sanciona con 729.485 euros al haber emitido campañas publicitarias de patrocinios culturales que podrían considerarse comunicaciones comerciales cuya difusión no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE.
Según la CNMC, los patrocinios culturales analizados no respetan las condiciones establecidas en la normativa audiovisual y, en consecuencia, serían susceptibles de constituir comunicaciones comerciales o spots, cuya emisión está prohibida por parte de CRTVE. Por ejemplo, se introducen elementos visuales y mensajes accesorios o menciones sobre las virtudes o características de los productos o servicios promocionados, que incitan directamente a su compra.
Los hechos analizados tuvieron lugar en los canales de televisión La 1, La 2, Clan TV, 24H y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018.
La CNMC recuerda que contra esta resolución CRTVE podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
(SERVIMEDIA)
20 Jun 2018
CAA