Fundación ONCE reclama un “derecho mínimo vital” en la Constitución
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Miguel Angel Cabra de Luna, director de Relaciones Sociales e Internacionales y Planes Estratégicos de Fundación ONCE, considera que la Constitución debe establecer un “derecho mínimo vital”, así como la obligación de los poderes públicos de garantizar un cuadro de derechos sociales.
El representante de Fundación ONCE intervino en el seminario 'La reforma social de la Constitución española. Constitucionalización como fundamentales de los derechos sociales', que ha tenido lugar este martes, y que ha sido organizado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y la Plataforma del Tercer Sector (PTS).
En el evento también ha participado representantes del Tercer Sector, de la discapacidad, del mundo de la política y del ámbito sindical, académicos y especialistas en Derecho Constitucional que han debatido sobre la necesidad de realizar una reforma de la Carta Magna que eleve a categoría de fundamentales los derechos sociales, blindando así la protección de la ciudadanía.
En este sentido, Cabra de Luna aseguró que el “tratamiento constitucional de los derechos sociales puede y debe ser similar al de los derechos civiles y políticos”, pues ambos pueden y deben considerarse como derechos fundamentales.
Sin perjuicio del papel de la legislación ordinaria, se debería poder llegar a establecer en la Constitución un derecho mínimo vital y la obligación de los poderes públicos de garantizar, asegurar y proteger un cuadro de derechos sociales, mediante la determinación de resultados y también de medios, así como la fijación de niveles mínimos de gastos sociales.
Por último, y respecto al colectivo de las personas con discapacidad, manifestó que “se ha de visibilizar la igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad, consagrando su tratamiento como derecho humano”, tal y como está reconocido por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
(SERVIMEDIA)
30 Ene 2018
JAL/gja