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VALENCIANA. MEDIO AMBIENTE REGULA LA INSTALACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE COMEDEROS PARA BUITRES

MADRID/VALENCIA
SERVIMEDIA

La Consejería valenciana de Medio Ambiente ha regulado, mediante una orden, la instalación y el funcionamiento de comederos para la alimentación de aves rapaces necrófagas, que desde ahora no podrán instalarse a menos de un kilómetro de explotaciones ganaderas ni a menos de tres de instalaciones eólicas.

Esta orden tiene como objetivo garantizar la recuperación de las colonias de buitres y alimoches en la Comunidad Valenciana, dos especies incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, y lograr la progresiva colonización del territorio ocupado originalmente.

Así, según se establece en la orden, los comederos podrán ser de titularidad pública o a iniciativa de personas físicas o jurídicas y deberán incluir una serie de requisitos para poder ser instalados en la región, según informó la Generalitat.

Entre esas condiciones, los comederos deberán encontrarse a una distancia mínima de un kilómetro de las explotaciones ganaderas más próximas, a más de tres kilómetros de instalaciones de energía eólica y a más de un kilómetro de tendidos eléctricos, salvo cuando dispongan de sistemas de protección frente a los riesgos de colisión y electrocución.

Además, deberán estar rodeados de un vallado para evitar la entrada de mamíferos terrestres. Los titulares de los comederos deberán especificar las especies de aves necrófagas objeto del comedero y motivo de su instalación y el tipo, origen y cantidades del alimento que se va a verter en ellos. Igualmente, deberán aportar un plan de limpieza y desinfección del comedero.

La alimentación de aves rapaces necrófagas con subproductos animales no destinados a consumo humano está regulada por real decreto.

(SERVIMEDIA)
07 Jul 2008
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