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VALENCIANA. LA GENERALITAT APRUEBA EL REGLAMENTO DE CASINOS DE JUEGO

VALENCIA
SERVIMEDIA

El Consell valenciano aprobó hoy el Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana, que persigue la regulación, en el ámbito regional, de los juegos propios de los casinos en sus distintas modalidades y los establecimientos autorizados para su desarrollo, así como las actividades económicas que tengan relación con los mismos.

Tendrán la consideración legal de casinos de juego, los locales y establecimientos que posean la autorización otorgada por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

El reglamento prohíbe la organización y práctica de juegos que constituyan modalidades de los juegos propios de casinos y se realicen fuera de estos establecimientos o al margen de las autorizaciones, requisitos y condiciones fijadas en aquél.

Para poder ser empresas de un casino de juego, habrán de constituirse necesariamente bajo la forma jurídica de sociedad anónima; la sociedad deberá ostentar la nacionalidad española, y su objeto social único y exclusivo habrá de ser la explotación del casino de juego objeto de la solicitud de autorización y, en su caso, de los servicios complementarios o accesorios relacionados con el mismo.

Asimismo, el capital social mínimo habrá de ser de seis millones de euros, totalmente suscrito y desembolsado, cuya cuantía no podrá disminuir durante la existencia de la sociedad, mientras que las acciones representativas del capital social habrán de ser nominativas.

Del mismo modo, la participación de capital extranjero en la sociedad se ajustará a lo establecido en la legislación vigente en materia de inversiones exteriores; la sociedad habrá de tener la administración colegiada y los administradores habrán de ser personas físicas.

Además, ninguno de los socios o accionistas podrá ostentar participaciones en el capital ni cargos directivos en más de una sociedad explotadora de casinos de juego en el ámbito territorial de la comunidad.

(SERVIMEDIA)
28 Jul 2006
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