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VALENCIANA. DAÑAR UN ARBOL MONUMENTAL PODRA SER SANCIONADO HASTA CON 500.000 EUROS

VALENCIA
SERVIMEDIA

La Generalitat Valenciana acordó hoy la tramitación de la Proposición de Ley de Patrimonio Arbóreo Monumental de la Comunitat Valenciana, presentada en su día por PP y PSOE en el Parlamento regional, que tiene como objetivo garantizar la protección, conservación, difusión, fomento, investigación y acrecentamiento del patrimonio arbóreo monumental de la comunidad.

Según esta ley, a la Consejería de Medio Ambiente le corresponderá la protección y catalogación del patrimonio arbóreo situado en terreno forestal. Los ayuntamientos serán los competentes para proteger y proponer la catalogación de los árboles de toda especie que se encuentren en terreno forestal y no forestal.

Se declararán protegidos genéricamente, sin necesidad de resolución singularizada, los ejemplares de cualquier especie arbórea existente en la comunidad que igualen o superen uno o más de los siguientes parámetros: 400 años de edad, 30 metros de altura, 6 metros de perímetro de tronco y 25 metros de diámetro mayor de copa.

Quedará prohibido con carácter general dañar, mutilar, deteriorar, arrancar o dar muerte de los árboles protegidos, así como modificar física o químicamente el entorno de modo que se produzcan daños a los ejemplares. Así como el arranque, transplante y la tenencia de ejemplares arrancados, el comercio y todo tipo de transacción con ellos.

La realización de cualquiera de estas actividades supondrá la imposición de sanciones que irán desde 18.000 a 500.000 euros dependiendo de la gravedad de las infracciones.

(SERVIMEDIA)
11 Nov 2005
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