VALENCIANA. CAMPS DESARROLLA LA LEY DE RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA DE LA COMUNITAT VALENCIANA
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El Consell valenciano aprobó hoy el decreto por el que se desarrolla la Ley 9/2007 de la Generalitat, de Renta Garantizada de Ciudadanía de la Comunitat Valenciana.
Esta ley supone, según la Generalitat, "un importante avance social porque garantiza a las unidades familiares en situación de necesidad, unas rentas mínimas con las que financiarse mientras realizan las acciones de inserción social y laboral que les permitan abandonar la situación de precariedad en la que viven".
Para dar cumplimiento efectivo a estas previsiones, se ha aprobado este decreto en el que se concretan el procedimiento, los requisitos y las prestaciones con los que la administración hace efectivos estos derechos; y que cuenta con una dotación económica para este año de hasta seis millones de euros.
La Renta Garantizada de Ciudadanía se articula como una prestación económica, de carácter universal y vinculada al compromiso de los destinatarios de promover de modo activo su inserción sociolaboral.
La cuantía concreta se fija en función de los ingresos de la unidad familiar o de convivencia y del número de miembros que componen la misma, situándose en el presente ejercicio 2008 entre un mínimo de 373,89 euros y un máximo de 603,05 euros al mes.
Este importe mínimo se calcula de acuerdo al 62% del Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y el máximo de acuerdo al 100% del mismo. A ello hay que sumar un incremento del 5% del Iprem si existe un segundo miembro en la unidad familiar o de convivencia y del 3% para cada uno del tercero y siguientes miembros de dicha unidad.
Podrán percibir esta prestación todas las personas de 25 a 65 años que acrediten tener a su cargo a otros menores de edad o discapacitados, que cumplan con los requisitos económicos contemplados en el decreto y que se comprometan a participar en los proyectos de reinserción social y laboral que se les ofrezcan.
También podrán ser beneficiarios los menores de 25 años y mayores de 18 años, que, en los dos años anteriores a la solicitud, hayan estado sujetos al sistema de protección y al sistema judicial de reforma, en la Comunitat Valenciana.
Por último, en aquellos supuestos de personas víctimas de violencia en el ámbito familiar (personas mayores), o de género (mujeres), podrán ser titulares de la renta garantizada de ciudadanía quienes acrediten esta circunstancia ante la administración, bastando para ello únicamente el trámite inicial de denuncia ante la administración judicial.
La prestación se concede únicamente por periodos de uno a doce meses, pudiendo renovarse por periodos sucesivos, hasta un máximo de 36 meses. Una vez agotados los 36 meses, de nuevo podrá concederse siempre que transcurran, al menos, 24 meses desde la prestación anterior.
Para conseguir la inclusión social del destinatario se firmarán, por parte de la Administración y del beneficiario, una serie de condiciones que se establecen en el Plan Familiar de Inserción, que es un conjunto de medidas propuestas por el equipo social del ayuntamiento o entidad local para conseguir la inserción sociolaboral de los destinatarios de la Renta Garantizada.
Cuando la entidad local no solicite ser entidad colaboradora, la Dirección Territorial de la Conselleria de Bienestar Social asumirá la tramitación y pago, y la entidad local está obligada a elaborar el Plan Familiar de Inserción.
(SERVIMEDIA)
04 Jul 2008
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