VACAS LOCAS. EL GOBIERNO PERMITE QUEMAR HARINAS CARNICAS EN CENTRALES TERMICAS Y CEMENTERAS
- Permite a las CCAA que extiendan esta posibilidad a las industrias que utilicen hornos de altas temperaturas
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto-Ley por el que se modifica la Ley de Residuos para permitir que las harinas cárnicas prcedentes de la transformación de despojos y cadáveres de animales puedan ser quemadas en centrales térmicas, empresas cementeras y hornos cerámicos.
La medida afecta sólo a las harinas transformadas que ya no contienen ningún agente contaminante y a las harinas que no tengan la consideración de materiales especificados de riesgo (no MER), por lo que pueden ser gestionadas como residuos no peligrosos.
Además, se fijan los topes máximos de uso de estas harinas en el proceso de combustión, de maneraque las cementeras sólo podrán utilizarlas hasta un 10% de su capacidad máxima de producción mientras que, en el caso de las térmicas, sólo podrán utilizarlas para generar entre el 5% y el 10% de la energía que producen.
El decreto permite también a las comunidades autónomas extender estas normas a otras industrias, como altos hornos u otras similares, que requieran altas temperaturas en sus procesos de producción.
Desde el punto de vista ambiental, se obliga al cumplimiento de la normativa vigete sobre emisión de gases procedentes de la combustión y se garantiza que, con las altas temperaturas de este tipo de hornos, no se originan dioxinas.
Este Real Decreto es el inicio de un Plan Nacional de Eliminación y Gestión de Materiales Específicos de Riesgo (MER) que está elaborando el Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas, para dotar a todo el territorio nacional de una infraestructura capaz de gestionar los residuos animales en el futuro.
(SERVIMEDIA)
16 Feb 2001
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