UPTA PIDE QUE SE DEFINA CON EXACTITUD QUIENES PUEDEN APARCAR EN LAS ZONAS PARA VEHÍCULOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES
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La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) denunció hoy que no existe una mención a las clases y características de los vehículos a los que se les otorga la consideración de "vehículos comerciales e industriales", por lo que podrían quedar fuera de esta nueva área de estacionamiento una buena parte de los autónomos y microempresarios que, para realizar sus actividades, deben desplazarse imprescindiblemente en sus vehículos.
Según recuerda un comunicado remitido por la UPTA, el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobaba provisionalmente, el pasado 31 de mayo, la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos en determinadas zonas de la capital.
A través de dicha modificación se crearon los distintivos de la denominada "Área Diferenciada de Vehículos Comerciales e Industriales", así como las condiciones para el acceso a la misma.
UPTA considera adecuado especificar en el texto de la ordenanza los derechos atribuidos por el pago de la tarifa prevista, en particular en lo relativo al periodo de estacionamiento y condiciones de ejercicio.
A este respecto, considera que el periodo máximo diario debe de ser de ocho horas, correspondiendo con el horario habitual de trabajo.
Finalmente, pidió que se establezca un procedimiento ágil y sencillo para la obtención de la devolución en aquellos supuestos en que, por cese de actividad, cambio de la misma o de vehículo, deje de hacerse uso del Área Diferenciada con anterioridad a la expiración del periodo satisfecho.
(SERVIMEDIA)
05 Jul 2006
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