UNESPA DENUNCIA AL COLEGIO DE MEDICOS DE BARCELONA
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La patronal de las comañías aseguradoras, Unespa, ha interpuesto una denuncia ante el Tribunal de Defensa de la Competencia contra el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, al que acusa de establecer honorarios mínimos discriminitarios, según informaron a Servimedia fuentes del citado tribunal.
Según consta en el escrito de denuncia, en la Asamblea de Compromisarios del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona de noviembre de 1990, se acordó la fijación de honorarios mínimos a percibir por los médicos que prestan sus servcios a las Entidades de Asistencia Sanitaria.
Unespa afirma que el acuerdo establecía la fijación de dos tipos diferentes de honorarios mínimos, según la Entidad de Asistencia Sanitaria correspondiente hubiera firmado un convenio con el Colegio de Médicos o no.
La patronal de las aseguradoras afirma igualmente en su denuncia que también fueron aprobados honorarios mínimos de distinta cuantía para asegurados en pólizas individuales o colectivas.
Además, la asamblea de compromisarios del Colego de Médicos de Barcelona habría acordado aplicar medidas disciplinarias a aquellos colegiados que no cobren las tarifas mínimas aprobadas.
Para la denunciante, estos acuerdos constituyen prácticas contra el libre mercado prohibidas por la legislación que protege la competencia. La Dirección General de Defensa de la Competencia ha abierto un expediente para determinar si las conductas denunciadas son ilegales o no.
Hasta ahora, la doctrina establecida por el Tribunal de Defensa de la Competencia eñala que los colegios profesionales pueden fijar tarifas de honorarios mínimos entre sus afiliados, pero no se ha pronunciado sobre la legalidad de establecer tarifas más caras para las entidades sanitarias que no tengan convenios con estas organizaciones.
LA DOCTRINA ESTABLECIDA
El derecho de los colegios a la fijación de honorarios lo estableció el tribunal en sendas resoluciones dictadas el año pasado. En la primera, con fecha del 10 de octubre, desestimó una denuncia interpuesta también por Unepa contra la decisión del Colegio Oficial de Diplomados de Enfermería de Barcelona de establecer unas tarifas de honorarios mínimos para su colectivo de matronas.
La segunda resolución, fecha el día 16 del mismo mes, rechazó otra denuncia, presentada por la Unión de Consumidores de España (UCE) contra la decisión del Colegio Oficial de Médicos de Sevilla de fijar unos honorarios profesionales de 3.000 pesetas por acto médico.
El tribunal consideró en ambos casos que la fijación de honorarios mínios por parte de los colegios profesionales no constituye un abuso de posición dominante en el mercado.
Para Unesa, mantener en vigor el artículo quinto de la Ley de Colegios Profesionales, que les autoriza a fijar honorarios mínimos, supone amparar una situación inconstitucional de abuso de derecho, además de un incumplimiento de las reglas del Tratado de Roma, que no pueden ser vulneradas por una disposición de carácter nacional.
(SERVIMEDIA)
26 Abr 1991
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