UNA SENTENCIA CONDENA AL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD A INDEMNIZAR CON 60.000 EUROS A UN PACIENTE
- La afectada fue tratada por error de ansiedad cuando padecía una isquemia cardiológica y padece secuelas tras una reducción mamaria.
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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Santander dictó sentencia el 31 de enero de 2008, estimando parcialmente el recurso interpuesto por el equipo jurídico de el Defensor del Paciente en Cantabria, en representación de la paciente M.D.M., condenando a pagar al servicio de Salud del Gobierno de Cantabria una indemnización de 60.000 euros a esta mujer, según informó hoy la Asociación el Defensor del Paciente.
Asimismo, tendrán que abonar los intereses legales desde la presentación de la solicitud en noviembre de 2005 por los daños y perjuicios causados "por el deficiente actuar del servicio público".
Según el Defensor del Paciente, la afectada, a la edad de 46 años, "fue víctima de dos graves negligencias asistenciales" en apenas un año "por parte de los servicios sanitarios públicos del Gobierno de Cantabria".
Según afirman, "la primera comenzó el 3 de marzo de 2003 y pudo costarle la vida. La paciente en ese momento presentaba hemorragias nasales, sin una causa que lo justificara. Además sentía dolores opresivos en el pecho", añaden.
La facultativo de medicina Familiar del Centro de Salud Vargas en Santander "realizó un electrocardiograma que presentaba alteraciones cardiacas, a pesar de ello y sin prestar atención ni a los factores de riesgo ni a la sintomatología que se daban en la paciente", -subrayan- "la remitió al servicio de Otorrinolaringología del Hospital Marqués de Valdecilla, quien prescribió una pomada para la nariz".
El Defensor del Paciente relata que, en septiembre de 2003, la afectada "acudió de nuevo a su médico de familia con la misma sintomatología que en el mes de marzo informándole que las hemorragias nasales habían desaparecido pero que el dolor en el pecho iba en aumento, extendiéndose por la espalda y los brazos, dejando en minutos el cuerpo sin fuerza".
Asimismo, consideran que la facultativo del Centro de Salud, "sin realizar ninguna exploración y sin prestar atención a los factores de riesgo y a la clínica que presentaba la afectada, sugerente de una angina de esfuerzo, se limitó a derivarla al servicio de psiquiatría del Centro de Salud Mental Vargas donde fue diagnosticada de trastorno de ansiedad" y que "no le remitió a especialista alguno".
"Doña M.D.M, desengañada de los servicios públicos, acudió a un cardiólogo privado quien, tras realizarle las pruebas oportunas, le diagnosticó cardiología isquémica, angina de esfuerzo de grado III, prescribiéndole de inmediato tratamiento", añaden.
Con el informe del cardiólogo privado, la paciente acudió una vez más a su médico de familia para que le remitiera a la consulta de cardiología de los servicios públicos. "No fue hasta ese momento, en el mes de julio de 2004, más de un año después, que empezó a ser atendida por el Servicio de Cardiología del Hospital Marqués de Valdecilla".
Subrayan que, entonces, este servicio "prestó una asistencia correcta a la paciente y que ha reconocido el hecho de que la enferma presentaba los síntomas desde marzo de 2003, que cuando llegó a sus manos la afectación era muy severa".
La segunda negligencia asistencial, según esta Asociación, tuvo lugar el 3 de octubre de 2003, en el Servicio de Cirugía General del Hospital Marqués de Valdecilla de Santander, donde se le practicó una intervención de reducción de mamas para corregir la asimetría que presentaba después de un tratamiento oncológico.
"El resultado de la misma fue totalmente diferente al que se esperaba, pues el pecho derecho no sólo ha quedado mucho más reducido que el izquierdo, sino que además presenta amplias cicatrices y el pezón ha quedado sin aureola, desplazado hacia un lado y con un hueco debajo de él", consideran.
En este comunicado, interpretan que "la sentencia considera probado que existió una indicación imprudente del tratamiento, pues estaba contraindicado en esta paciente" y que "igualmente se considera probado que existió una realización negligente de la técnica así como del seguimiento postoperatorio.
Esta asociación concluye que "han pasado 5 años desde los hechos y sigue arrastrando las secuelas de los daños provocados".
(SERVIMEDIA)
21 Feb 2008
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