ESTATUTO CATALUÑA

UNA MUJER SERÁ INDEMNIZADA POR LOS DAÑOS MORALES DE UN ANUNCIO ERÓTICO QUE SE PUBLICÓ CON SU NOMBRE SIN SU CONSENTIMIENTO

MADRID
SERVIMEDIA

Una mujer será indemnizada por los daños morales que le ocasionó la publicación sin su consentmiento de un anuncio erótico a su nombre en la sección de contactos de una revista, según una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

Los hechos se produjeron en abril de 1996, cuando la revista "Safor Guía" publicó el anuncio con el nombre de la demandante y ésta comenzó a recibir llamadas de diversos hombres a la puerta de su casa, donde vivía con su marido enfermo y dos hijos, así como cartas con propuestas eróticas. La situación ocasionó a la mujer "gravísimos daños morales".

El Supremo confirma la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia, para la que los demandados actuaron negligentemente al publicar el anuncio sin cerciorarse correctamente de la identidad de la persona que solicitaba insertar el anuncio.

La Audiencia Provincial de Valencia declaró la responsabilidad solidaria de la entidad editora y del director de la citada revista que publicó el anuncio.

(SERVIMEDIA)
31 Jul 2006
VBR