UNA JUEZ AUTORIZA OTRA ESTERILIZACION A UNA DISMINUIDA PSIQUICA
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La titular del Juzgado número 1 de Benavente (Zamora), Belén de Marino, ha autorizado la esterilización de una discapacitada psíqica, a requerimiento de sus padres, que querían evitar que quedara embarazada, según informó la propia magistrada a Servimedia.
Esta resolución, junto con la dictada recientemente por el juez Juan Manuel Fernández López, titular del Juzgado de Primera Instancia número 30 de Madrid, constituyen las dos primeras autorizaciones legales de esterilización a minusválidos síquicos que se producen desde 1989, fecha de la reforma del artículo que despenaliza la esterilizacion de discapacitados.
La joven ala que se refiere el auto vive en Benavente, tiene 28 años y padece oligofrenia. Diariamente, acude a un centro ocupacional donde ha venido desmostrando una conducta que le hace buscar preferentemente la compañía de los hombres.
Según dice el informe forense, la muchachavive la sexualidad como algo "que se escapa de su control y carece de conciencia plena del preceso genético, suponiendo una aventura en el terreno de la hipótesis anticipar cómo habría de vivenciar su gestación".
Según dijo la jue a Servimedia, hasta la fecha, la afectada utilizaba un sistema de contracepción para no quedar embarazada.
Han sido necesarios el informe de dos especialistas, así como una declaración judicial que la reconoce como minusválida, para conceder la autorización que habían solicitado sus padres.
Tras esta resolución, Belén Marino manifestó que su difusión a través de los medios de comunicación, animará a otras personas o familiares de discapacitados a realizar más solicitudes.
Por otro lado, el uez Juan Manuel Martínez, del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Madrid, dictó dos autos recientemente, por los cuales autorizaba por primera vez la esterilización de una discapacitada psíquica, por considerar que suponía "un mayor interés y un mejor beneficio para la incapacitada", mientras que desestimaba otra por entender lo contrario.
Se trataba de un caso parecido al de la muchacha de Benavente, una joven con trastornos de conducta y que manifestaba "actitudes extravagantes hacia el otro sxo", por lo que el juez consideraba que existía una alto riesgo de embarazo con el peligro de que el posterior parto actuara como "un desencadenante de su estado psicótico, además de ser claramente incapaz para ejercer de madre".
El auto de este juez añadía que para consentir en esta operación debía prevalecer el criterio de "mayor interés y bienestar del incapaz".
LA LEGISLACION ESPAÑOLA
La legislación española para la esterilización de personas con problemas psíquicos está regulada en los artculos 418 y 428 del Código Penal, pero de una "forma desafortunada, ya que se hace a través de un supuesto despenalizador", según manifestó a Servimedia el juez Juan Manuel Fernández.
La ley permite la esterilización "de persona incapaz que adolezca de grave deficiencia psíquica cuando aquélla haya sido autorizada por el juez...".
Sin embargo, esta ley, según el juez Juan Manuel Fernández, "no especifica qué se entiende por 'grave deficiencia psíquica' al tiempo que silencia qué tramitación o proedimiento se debe seguir".
Por tanto, "ya que la esterilización es un método irreversible", explicó el juez, "y debe utilizarse siempre teniendo en cuenta la protección y beneficio de los incapacitados, los jueces nos vemos obligados a aplicar la ley en su sentido más restrictivo, e interpretar la deficiencia grave como la que anule la comprensión de la sexualidad, la paternidad o maternidad, según el caso".
(SERVIMEDIA)
18 Jul 1991
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