MADRID

ULTIMADO EL REGLAMENTO QUE DESARROLLA LA LEY DE ACCESIBILIDAD Y SUPRESION DE BARRERAS ARQUITECTONICAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid está ya ultimado y es posible que el Consejo de Gobierno lo apruebe mediante decreto en su reunión de mañana, explicaron a Servimedia fuentes de la Administración autonómica.

El citado reglamento, redactado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que dirige Mariano Zabía, consta de siete capítulos y regula, entre otros aspectos, todas las cuestiones relativas a las barreras urbanísticas.

Incluye medidas que aseguren la accesibilidad en espacios de uso público, tanto urbanos como no urbanos, y establece los denominados itinerarios peatonales, que son definidos como aquéllos de uso comunitario destinados al tránsito compartido de personas y vehículos.

Asimismo, en otro de los apartados se recogen medidas de accesibilidad en los edificios públicos, "su reforma, mobiliario y las instalaciones; incluyendo la regulación de aseos y baños, los espacios reservados a personas que utilicen sillas de ruedas y el estacionamiento de vehículos en esos edificios".

El Reglamento también prevé medidas de accesibilidad en los edificios de uso privado e incluye la obligación de aprobar un plan de supresión de barreras en los transportes.

Se plantean igualmente medidas de supresión de barreras en la comunicación sensorial yla posibilidad de que las administraciones concedan las ayudas técnicas necesarias.

En otro de los capítulos se otorgan competencias tanto a la Comunidad de Madrid como a los ayuntamientos para aprobar planes de accesibilidad a nivel municipal.

Este reglamento, impulsado desde el Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras de la Comunidad de Madrid, desarrolla la ley del mismo nombre aprobada en 1993, que para la administración regional "se ha mostrado como un concepto en continua evolución y con transformaciones sustanciales del enfoque que debe aplicarse para su atención concreta".

(SERVIMEDIA)
26 Oct 2005
SMO