LA UFP SE QUERELLA CONTRA COTINO POR PREVARICACION Y MALVERSACION DE FONDOS PUBLICOS, AL CONSIDERAR QUE FAVORECE AL SUP
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La nión Federal de Policía (UFP) presentó hoy en el juzgado de guardia de Madrid una querella criminal contra el director general de la Policía, Juan Cotino, a quien acusa de un presunto delito de prevaricación y malversación de caudales públicos, al favorecer los intereses del Sindicato Unificado de Policía (SUP) permitiéndole gozar de doce sindicalistas liberados más que el resto de organizaciones sindicales, según la denuncia de la UFP.
A juicio de la UFP, la postura de la Dirección General de la Poliía es "indecente" y "dictatorial" por mantener lo que califica de "situación ilegal" y de "favoritismo" respecto al SUP, sindicato mayoritario de la Policía.
La UFP, que ha anunciado para los próximos días una nueva querella criminal contra Cotino por un presunto delito contra la libertad sindical, explica que el pasado 4 de mayo de 1995 se celebraron elecciones al Consejo de Policía, órgano paritario de representación en el CNP, del que forman parte doce representantes elegidos por sufragio universaly otros doce miembros designados por la Administración.
Una normativa interna de la DGP establece que en directa proporción con el número de representantes elegidos, cada organización sindical dispondrá de un número de funcionarios exentos de realizar el servicio (12 por cada representante), así como al disfrute de horas sindicales (250 horas mensuales por cada representante).
El resultado de las elecciones al Consejo de Policía estableció para el SUP una representación de cuatro miembros, frentea dos de UFP y uno para ANPU y SPPU, respectivamente. No obstante, ANPU recurrió dicha proclamación de electos y, en sentencia del TSJ de Madrid, se resolvió la modificación de dichos resultados, quedando el SUP con 3 representantes, dos la UFP y ANPU, respectivamente, y uno el SPPU.
Según la UFP, Cotino sólo ha ejecutado parcialmente dicha sentencia, ya que si bien reconoce el segundo representante de ANPU, en perjuicio del SUP, mantiene no obstante la condición de liberados y horas sindicales de losrepresentantes del SUP como en la situación previa a la resolución judicial.
(SERVIMEDIA)
23 Jul 1996
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