LA UE VARIA NORMAS DEL ACUERDO COMERCIAL CON CEUTA, MELILLA Y ANDORRA
- Ambas ciudades y el Principado aplicarán las mismas normas de orien acordadas con los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio
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La Comisión Europea ha anunciado los cambios en los requisitos necesarios para poder beneficiarse del Acuerdo Aduanero entre la Comunidad Económica y el Principado de Andorra. Las nuevas normas, que también se extienden a las ciudades de Ceuta y Melilla, hacen referencia principalmente a la procedencia del producto y las condiciones aduaneras para poder importar y exportar estos productos a la nión Europea.
A partir de ahora, para las relaciones entre la UE y el Principado y las ciudades de Ceuta y Melilla se aplicarán las mismas normas de origen acordadas con los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y los países de Europa Central y Oriental.
Los nuevos requisitos del Ejecutivo europeo exigen que los productos que se acojan al acuerdo hayan sido obtenidos enteramente en Andorra, o en Ceuta y Melilla, en el caso del comercio en estas ciudades, o bien que hayan sido o suficientemente elaborados o transformados en el Principiado o en cualquiera de las dos ciudades españolas, a partir de materias primas importadas del exterior.
En el caso de Andorra, el trato preferencial dispuesto por el acuerdo se aplicará exclusivamente a los productos que satisfagan los requisitos y que sean transportados directamente entre la Comunidad y Andorra, o bien que sean transportados en tránsito por terceros países bajo la vigilancia de las autoridades aduaneras.
Para poder imporar cualquier producto de Andorra, los ciudadanos comunitarios deberán presentar un certificado de circulación de mercancías EUR.1 y una factura que describa con detalle los productos que se importan.
Entre las excepciones a esta norma, se incluyen los envíos en paquetes pequeños por parte de particulares y sin ánimo de lucro, siempre que su valor no exceda de los 500 euros (83.193 pesetas), y de los 1.200 euros (199.663 pesetas) si se trata del equipaje personal de viajeros.
En cuanto a las ciudaes de Ceuta y Melilla, el tratado las considera un territorio único y las autoridades españolas serán las encargadas de la aplicación de estas normas. Así, cuando un producto se importe a estas ciudades deberá disfrutar del mismo régimen aduanero que se aplica al resto de la Comunidad.
(SERVIMEDIA)
27 Jul 1999
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