MADRID

LA UE PROPONE REVISAR LOS REQUISITOS DE CAPITAL DE LOS BANCOS, PARA REFORZAR LA ESTABILIDAD FINANCIERA

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Europea (CE) presentó hoy una propuesta de revisión de la normativa comunitaria sobre los requisitos de capital de los bancos, encaminada a "reforzar la estabilidad del sistema financiero, reducir los riesgos y mejorar la supervisión de los bancos que operan en más de un país de la UE".

Bajo la nueva normativa, los bancos no podrán prestar por encima de un determinado límite a un único prestatario, mientras que las autoridades de supervisión nacionales dispondrán de una mejor visión global de las actividades de los grupos bancarios internacionales, según informó hoy la CE.

La propuesta, que modifica las actuales directivas sobre requisitos de capital, se elaboró a raíz de una extensa consulta con los socios internacionales, los Estados miembros y las empresas del sector; y se ha transmitido al Parlamento Europeo y al Consejo de Ministros para su análisis.

Según el comisario de Mercado Interior y Servicios, Charlie McCreevy, "estas nuevas normas constituyen una respuesta razonable y proporcionada a la crisis financiera que estamos sufriendo. El rigor, la transparencia y la prudencia son indispensables para el vigor y la estabilidad del sistema bancario".

Entre las modificaciones propuestas, destaca la mejora de la gestión de los grandes riesgos, de tal modo que los bancos no podrán prestar a un único prestatario por encima de un determinado límite. Por ello, en el mercado interbancario los bancos "no podrán conceder préstamos o depósitos a otros bancos por encima de un determinado importe, y los bancos que tomen fondos prestados estarán sometidos a restricciones en cuanto al importe y al origen de sus empréstitos".

Otra de las propuestas es mejorar la supervisión de los grupos bancarios transfronterizos, para lo que se crearán "colegios de supervisores" para los grupos bancarios que operan en varios países de la UE.

Asimismo, la propuesta pretende mejorar la gestión del riesgo de liquidez (los "colegios de supervisores" también examinarán y coordinarán la forma en que los bancos financian sus operaciones) y la calidad de los fondos propios de los bancos (para determinar en qué medida los instrumentos "híbridos", esto es, aquellos que presentan a la vez características de acciones y de obligaciones, podrán considerarse fondos propios).

Finalmente, se plantea la mejora de la gestión del riesgo y de los instrumentos titulizados: se harán más estrictas las normas aplicables a las deudas titulizadas, cuyo reembolso depende de los resultados de una cartera de préstamos específica.

Las empresas que reconviertan los préstamos en títulos negociables deberán conservar una parte del riesgo asociado a estos títulos, mientras que las empresas que inviertan en los mismos sólo podrán adoptar sus decisiones en la materia tras haber mostrado la debida diligencia. De no hacerlo así, serán sometidas a fuertes sanciones de capital

(SERVIMEDIA)
01 Oct 2008
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