LA UE APRUEBA EL TRATADO DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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La Unión Europea ha aprobado el Tratado de la Organiación Mundial de la Propiedad Intelectual, cuatro años después de los acuerdos internacionales adoptados en Ginebra a fin de garantizar un nivel de protección equilibrado de las obras y otras materias y permitir el acceso del público a contenidos, entre otros objetivos.
El Diario Oficial de las Comunidades Europeas ha publicado esta aprobación por parte del Consejo, institución que ha decidido dar este paso tras haber comprobado que el contenido del Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Itelectual sobre los Derechos de Autor (TDA) está incluido en el ámbito de aplicación de las directivas comunitarias que existen sobre la materia.
Según las disposiciones del TDA, la protección del derecho de autor abarcará las expresiones pero no las ideas, los procedimientos, los métodos de operación o conceptos matemáticos en sí. Los programas de ordenador estarán protegidos cualquier que sea su modo o forma de expresión, pero no los datos o materiales en sí mismos, salvo cuando se trate de compilacones seleccionadas de manera que constituyan creaciones de carácter intelectual.
En cuanto al derecho de distribución, los autores de obras literarias y artísticas gozarán del derecho exclusivo para autorizar la puesta a disposición del público del original y de los ejemplares de sus obras mediante la venta o cualquier otra transferencia de propiedad.
Los autores de programas de ordenador, obras cinematográficas y obras incorporadas en fotogramas tendrán plena libertad para permitir el alquiler cmercial al público del original o de los ejemplares de sus obras, excepto en los casos en los que el programa de ordenador no sea el objeto del alquiler o cuando el alquiler de la obra cinematográfica haya dado lugar a una copia generalizada que anule el derecho exclusivo de reproducción.
Los que posean obras artísticas y literarias podrán también dar su visto bueno a cualquier comunicación al público de sus obras por medios inalámbricos o alámbricos, de tal manera que los usuarios puedan acceder a elas desde el lugar y en el momento que elijan.
(SERVIMEDIA)
14 Abr 2000
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