LA UE ADVIERTE A ESPAÑA POR NO RECONOCER A LOS NOTARIOS OTROS PAISES DE LA UNION EN LA COMPRA DE UN INMUEBLE
- La Comisión requiere también a nuestro país para que trasponga a la legislación las directivas counitarias sobre explosivos
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La Comisión Europea ha enviado a España un dictamen motivado por no respetar la libre prestación de servicios al no reconocer la fé pública de un notario de otro país europeo en la compra de un inmueble español por parte de un no residente comunitario. Ahora, el Gobierno deberá presentar alegaciones.
En España la compra de bienes inmobiliarios por un no residente se considera inversión extranjera y se obliga a efectuar la transacción acudendo a un notario español, incluso si las partes contractuales ya han concluido la compra-venta ante un notario de otro país.
La Comisión considera que que esta norma es contraria a la libre circulación de trabajadores, al derecho de establecimiento, a la libre prestación de servicios y a la libre circulación de capitales.
La Comisión Europea decidió además enviar un dictamen motivado a España, para que alegue por qué no transpone a la legislación las directivas europeas relativas a las materias xplosivas.
El Ejecutivo comunitario también envió un dictamen por no aplicar la legislación comunitaria sobre materias nocivas, productos de construcción, etiquetado de zapatos y reglas técnicas aplicables a los barcos de recreo.
Si en el plazo de dos meses no se recibe una respuesta satisfactoria por parte de las autoridades españolas, el Ejecutivo podría acudir al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas con sede en Luxemburgo.
(SERVIMEDIA)
26 Jul 1997
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